Resolución Nº 11-2016 de Superintendencia de Bancos, 2016

Año2016
Fecha01 Marzo 2016
Número de resolución11-2016
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones Junta Directiva
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-JD-0011-2016
(de uno (1) de marzo de 2016)
LA JUNTA DIRECTIVA
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Bancos es un organismo autónomo del Estado, con
personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, presupuestaria y
financiera;
Que, existen antecedentes que señalan que el reconocimiento de una Póliza de salud y
vida a favor de los servidores públicos de esta Institución, se hizo a partir del mes de
febrero de 2008;
Que, en ese sentido, en aquel momento, a objeto de dar legalidad al acto, se remitió
previamente nota a la Contraloría General de la República para que se pronunciara sobre la
viabilidad de otorgar este beneficio, a fin de incentivar al personal;
Que, según se estableció en Adenda al Contrato para el año 2012, en el caso del Seguro
de Vida la póliza sería el 100% pagada por la institución, y en el caso del Seguro de Salud y
hospitalización sería cubierta en una proporción de 50% por los funcionarios que se
acogieran al seguro y 50% por la institución, ambas a ser cubiertas por una partida
presupuestaria específica, porcentajes que se han mantenido a la fecha;
Que, en su momento, la Contraloría General de la República consideró, que sobre la base
de los fundamentos legales y presupuestarios vigentes, era viable la ejecución del gasto.
Para tal efecto, y atendiendo su condicionamiento, se procedió con un acto público de
compra menor para la selección, por dos meses, de la empresa prestadora del servicio;
Que, a partir de esa fecha se ha contratado mediante procedimiento excepcional autorizado
por la Junta Directiva de la Superintendencia, (2009-2011), y por el Ministerio de Economía
y Finanzas (2012-2015), publicando previamente en el portal Panamacompra, la intención
de contratación directa;
Que, la Superintendencia de Bancos mantiene una constante política de retención del
talento que recluta, capacita y compenetra en la actividad reguladora y supervisora, misión
encomendada por Ley, a esta Institución;
Que, además de los ajustes en la planilla que se permite desde el presupuesto, se procura
manejar las aparentes desventajas frente a la demanda de oferta laboral del mercado, con
algunos incentivos y beneficios que permitan al colaborador ponderar, desde la perspectiva
de ingresos, las ventajas de ingresar y seguir perteneciendo a este grupo de funcionarios
públicos, entre esos beneficios e incentivos están la póliza de seguro de vida y salud;
Que, en atención al Artículo 11, numeral 5, Literal II, de la Ley Bancaria, la Junta Directiva
tiene la atribución de aprobar incentivos que promuevan la productividad de los
colaboradores de la Superintendencia de Bancos;
Que, corresponde a esta Junta Directiva establecer permanentemente la creación como un
incentivo propiamente, la contratación de una Póliza de Salud y Vida para los funcionarios
de esta Superintendencia de Bancos, y cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley
Bancaria;
Que, visto todo lo anterior, y luego de considerar ampliamente el tema, esta Junta Directiva;

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