Resolución N° 11. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de maría paula cardozo sandoval.

Fecha de publicación12 Septiembre 2022
Fecha24 Febrero 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29620-B Gaceta Oficial Digital, lunes 12 de septiembre de 2022 1
~,¡;f,f,(;?a
~
~24:
ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLI
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACI
'N
EL PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLIC
en
uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que MARÍA PAULA CARDOZO SANDOVAL, nacional de COLOMBIA, mediante
· apoderado legal , solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Seguridad
Pública, que
se
le
conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con
lo
que
establece
el
ordinal 3o. del artículo 1 O de la Constitución Política Decreto Ley 3 de 22 de
febrero
de
2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a)
Certificación expedida por
el
Servicio Nacional de Migrac· ón, donde consta que la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, concedida medi te Resolución No.3,
321
del
25
de abril de 2006.
b)
Certificación expedida por la Dirección de Investigación Jud"cial, donde consta que la
peticionaria
no
registra antecedentes penales.
c)
Copia autenticada del Carné
de
Residente Permanente No.E-8-145004, expedido por el
Director Regional de cedulación de Chiriquí, a nombre de la p ticionaria.
d)
Certificado de Buena Salud, expedido por la Dra. Ilsys N. Bati ta
R.
e)
Certificación de Paz y Salvo expedida por el Ministerio e Economía y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple con sus obligaciones Jiscales.
f)
Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre d la peticionaria, donde se
acredita la nacionalidad.
g)
Certificación autenticada, expedida por
el
Consulado General de Colombia en Panamá,
donde se acredita la Ley de Reciprocidad No.
43
de 1 de febr o de 1993, por medio de
la cual se establecen las normas relativas a la adquisici
'n,
renuncia, perdida y
recuperación
de
la nacionalidad Colombiana a favor
de
la peti ionaria.
h) Copia
de
la Resolución No.
11
O del 29 de enero de 2020, xpedida por el Tribunal
Electoral.
i)
Informe rendido por la Directora General del Servicio Naci
indica que la peticionaria cumple con
lo
preceptuado en
el
febrero de 2008.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR