Resolución Nº 110 de Superintendencia de Bancos, 2019

Año2019
Fecha24 Junio 2019
Número de resolución110
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-0110-2019
(de 24 de junio de 2019)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que, BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A. es una sociedad constituida de conformidad
con las leyes de la República de Panamá, inscrita a Folio No. 589997 (S) y Documento 1236235 de
la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca
en y desde Panamá al amparo de la Licencia Bancaria General otorgada por la Superintendencia
de Bancos de Panamá mediante Resolución SBP-0174-2017 de 14 de septiembre de 2017;
Que, BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A. en atención a lo establecido en el Numeral 2
del Artículo 58 de la Ley Bancaria, solicitó a esta Superintendencia autorización para llevar a cabo
el cierre de la Sucursal de Torre de las Américas, ubicada en el corregimiento de San Francisco,
Urbanización Punta Pacifica, Edificio Torre de las Américas, Planta Baja, Local L-18, a partir del 31
de julio de 2019;
Que BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A. ha previsto que las operaciones de sus
clientes sean trasladadas principalmente a su Sucursal en Torres de Las Américas en Piso 30,
ubicada en el corregimiento de San Francisco, Distrito de Panamá;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2, Literal I, del Artículo 16 y en el Artículo 58
de la Ley Bancaria, corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el cierre de
establecimientos bancarios, y;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de BANCO G&T CONTINENTAL
(PANAMÁ), S.A. no merece objeciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar a BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A. el cierre de la
Sucursal Torre de las Américas, ubicada en el corregimiento de San
Francisco, Urbanización Punta Pacifica, Edificio Torre de las Américas,
Planta Baja, Local L-18.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 58, Numeral 2, y Artículo 16, Literal I, Numeral 2, de la
Ley Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los veinticuatro (24) días del mes de junio de dos mil diecinueve
(2019).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Ricardo G. Fernández D.

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