Resolución N° 12. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de juanying mo.

Fecha de publicación20 Abril 2022
Fecha24 Febrero 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29520-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 20 de abril de 2022 1
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ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Resolución No. /
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PANAMÁ,_~~
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de
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EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
de ;)OJJ.
Que JUANYING MO, nacional de CHINA, de nacionalidad VENEZOLANA mediante
apoderada legal, solicita
al
Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Seguridad
Pública, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que
establece
el
ordinal 2o. del artículo 1 O de la Constitución Política y del Decreto Ley 3 de 22
de febrero de 2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a) Certificación expedida por el Servicio Nacional de Migración, donde consta que la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 7768
DMYN del
10
de diciembre de 1997. Resolución de Corrección No 3975 del 22 de
febrero del 2019
b) Certificación expedida por la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que la
peticionaria no registra antecedentes penales.
c)
Copia autenticada del Carné de Residente Permanente No. E-8-74103, expedida por el
Director Regional de Cedulación de Panamá Centro, a nombre de la peticionaria.
d) Certificado de Matrimonio expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil,
inscrito en el acta 8-263-655, de los libros de Matrimonio en la Provincia de Panamá,
donde se cOmprueba el vínculo existente entre el panameño Hao Gao y la peticionaria.
e)
Certificado de Nacimiento expedido por la Dirección Nacional de Registro Civil,
inscrito en el Tomo 20, en la Partida 78 de los libros Naturalizados, donde se
comprueba la nacionalidad panameña del conyugue de la peticionaria.
f)
Ce1tificado de Nacimiento expedido por la Dirección Nacional de Registro Civil, inscrito
en
el
Tomo 1015, Partida 1930, en la Provincia de Panamá, donde se comprueba la nacionalidad
panameña del hijo de la peticionaria.
g)
Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Gillermo Corrales.
h) Certificación de Paz y Salvo expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple con sus obligaciones fiscales.
i)
Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de la peticionaria, donde se
acredita la nacionalidad.
j)
Copia de la Resolución No. 584 de
21
de noviembre de 2019, emitida
por
el Tribunal
Electoral.
k) indica que la peticionaria cumple con lo preceptuado en el Decr
febrero de 2008.

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