Resolución Nº 122 de Superintendencia de Bancos, 2017

Año2017
Fecha23 Junio 2017
Número de resolución122
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0122-2017
(de 23 de junio de 2017)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que BSI BANK (PANAMÁ) S. A. es una sociedad constituida de conformidad con las Leyes de
la República de Panamá, registrada en el Folio Nº 812183 (Mercantil) del Registro Público de la
República de Panamá, autorizada para ejercer el Negocio de Banca desde la República de
Panamá, al amparo de una Licencia Bancaria Internacional, otorgada mediante Resolución-
0004-2014 de 7 de enero de 2014, por esta Superintendencia;
Que, BSI BANK (PANAMÁ) S. A. ha solicitado, a través de su Apoderado Especial, autorización
para proceder con su Liquidación Voluntaria y cese de operaciones en la República de Panamá;
Que el proceso de Liquidación Voluntaria se llevará a cabo de acuerdo al Plan de Liquidación
Voluntaria presentado;
Que corresponde a esta Superintendencia verificar que el Proceso de Liquidación Voluntaria se
lleve a cabo cumpliendo con todos los requisitos legales, así como con las normas que
desarrollan la Ley Bancaria;
Que, en aquellos casos donde existan créditos sujetos a controversias o litigios donde el Banco
sea la parte demandada, corresponderá al liquidador efectuar las consignaciones que exige el
Artículo 120 de la Ley Bancaria, para cada uno de los procesos, así como para los procesos
litigiosos que se presenten durante la ejecución de la Liquidación Voluntaria;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de BSI BANK (PANAMÁ) S. A. no
merece objeciones, toda vez que el Banco cuenta con suficientes activos para satisfacer sus
pasivos, y
Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 16, Literal I, Numeral 3 de la Ley Bancaria,
corresponde al Superintendente autorizar la Liquidación Voluntaria de Bancos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a BSI BANK (PANAMÁ) S. A. para iniciar el proceso de su
Liquidación Voluntaria, y cese de operaciones, conforme el Plan de Liquidación presentado ante
esta Superintendencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Téngase al señor Antonino Sauve, varón, de nacionalidad italiana, con
pasaporte YB0762075, como Liquidador de todas las operaciones del Banco.

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