Resolución N° 1226-ADM. Por la cual se autoriza dar inicio al trámite para el pago escalonado de la prima de antigüedad para quienes fungieron como servidores públicos de la autoridad nacional de los servicios públicos.

Fecha de publicación29 Diciembre 2022
Fecha11 Noviembre 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29691-B Gaceta Oficial Digital, jueves 29 de diciembre de 2022 1
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AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución
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-ADM
"Por la cual se autoriza dar inicio
al
trámite para
el
pago escalonado de la prima de antigüedad para
quienes fungieron como servidores públicos de
la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos;
l.
2.
3.
4.
5.
6.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Ley No. 1 O de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y
controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la
trasmisión y distribución de gas natural;
Que
la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos cuenta con personería jurídica y
patrimonio propio, con derecho a administrarlo y con fondos separados e independientes del
Gobierno Central;
Que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, en virtud de dar fiel cumplimiento con
lo establecido en el articulo 140 del
1j
exto Único de la Ley No. 9 de 1994, ordenado por
la
Ley
23
de 2017, por
la
cual se establece y regula la Carrera Administrativa, modificado
por
el
artículo 3 de la Ley
241
de
13
octubne de 2021, que reconoce el pago de prima de antigüedad
a los servidores públicos como un de 1
echo adquirido en el ejercicio de sus funciones, así como
.el
reconocimiento del mismo a os servidores eventuales, permanentes o de carrera
administrativa
al
pago de la prima e antigüedad una vez se produzca el retiro del servidor
público, considera necesario dar inic o
al
trámite del pago de este derecho adquirido de fonna
escalonada;
Que la Autoridad Nacional de los Se
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icios Públicos, a través de
la
emisión de la Resolución
No. JD-1368 de 28 de mayo de 1999 "Por medio del cual se adopta el Reglamento Interno de
la Autoridad Nacional de los Servic\os Públicos", aprobó en todas sus partes el Reglamento
Interno aplicable a la Autorídad Nac· onal de los Servicios Públicos, documento en el cual se
reconoce en
el
numeral 7 del artículo 92, Capítulo
II
Los Derechos, dentro del Título VI, en el
cual se consagran los Deberes, Derechos y Prohibiciones del Servidor Público, el Derecho de
todo servidor público de la
Autori
~
ad
Nacional de los Servicios Públicos, a gozar de los
beneficios, prestaciones y bonificaci.tnes generales establecidas por la Constitución, las leyes
y los reglamentos, y otros que decretf el Gobierno;
Que
la
Autoridad Nacional de los
Se
~
icios
Públ~cos
considera necesario dar inicio
al
trámite
de pago de
la
prima de
antigüeda
~
a los servidores públicos permanentes, transitorios,
contingente, de Carrera Administratf va, de otras carreras públicas y leyes especiales que se
hayan retirado de la función pública ihdistintamente de
la
causa, tomando en cuenta la realidad
presupuestaria de la institución y la disponibilidad de los fondos con los que actualmente
cuenta para dar inicio a este compromiso de manera escalonada y atendiendo a los registros de
información de quienes fungieron como funcionarios públicos, mismos que reposan en la
Oficina Institucional de Recursos HJmanos, a fin de tomar en cuenta elementos como fecha
de inicio de labores, fecha de termi 1 ación de
la
relación laboral o desvinculación y último
salario devengado, los cuales serán determinantes para realizar el cálculo de la prima de
antigüedad;
Que el derecho al pago de la prima de antigüedad debe pagarse a razón de una semana por
cada año laborado desde
el
inicio de la relación laboral hasta su finalización, y atendiendo lo
establecido en la normativa relacion da para este fin, tal y como lo es
la
Ley No. 23 de 2017,
"Que reforma la Ley 9 de 1994, que stablece y regula la Carrera Administrativa y dicta otras
á1ff

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