Resolución Nº 125 de Superintendencia de Bancos, 2009
| Año | 2009 |
| Fecha | 20 Mayo 2009 |
| Número de resolución | 125 |
| Sección | Resoluciones SBP |
| Tipo de documento | http://vlex.com/31706/document_types1,Resolution |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No. 125-2009
(de 20 de mayo de 2009)
El Superintendente de Bancos,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.B.P. No. 199-2008 de 13 de agosto de 2008, esta
Superintendencia autorizó la fusión entre HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. y PRIMER
BANCO DEL ISTMO, S.A. mediante el denominado Convenio de Fusión y en virtud del
cual el primero absorberá el segundo, quedando como sociedad sobreviviente;
Que de conformidad con el Artículo 22 del Acuerdo No. 1-2004 de 29 de diciembre de 2004,
una vez concedida la autorización de la fusión por parte de la Superintendencia de Bancos,
los solicitantes deberán completar todos los actos conducentes a la formalización de la fusión
desde el punto de vista jurídico, administrativo y operativo, en un plazo no mayor de seis (6)
meses, prorrogables a solicitud de la parte interesada debidamente sustentada, a partir de la
fecha de notificación de la Resolución de Autorización de Fusión;
Que según la citada disposición reglamentaria, además, una vez notificada la Resolución
respectiva, corresponde a los Bancos solicitantes protocolizar e inscribir en el Registro
Público el Convenio de Fusión en un plazo de hasta tres (3) meses contados a partir de la
fecha de la Resolución, prorrogable a solicitud de la parte interesada;
Que a solicitud de HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. y PRIMER BANCO DEL ISTMO,
S.A., esta Superintendencia, mediante Resolución S.B.P. No. 278-2008 de 29 de octubre de
2008 concedió prórroga hasta el 28 de febrero de 2009 para que dichas entidades bancarias
completaran los actos conducentes a la formalización de la fusión desde el punto de vista
jurídico, administrativo y operativo, así como para protocolizar e inscribir en el Registro
Público el Convenio de Fusión;
Que HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. y PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., a través de
sus Apoderados Especiales, presentaron nueva solicitud de prórroga con fundamento en el
Artículo 22 del Acuerdo No. 1-2004, para que se conceda una nueva prórroga hasta el 30 de
junio de 2009 para inscribir el Convenio de Fusión entre ambas entidades bancarias, la cual
fue autorizada mediante Resolución S.B.P.No.125-2009 de 16 de febrero de 2009;
Que HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. a través de los apoderados especiales, presentó
memorial fechado 22 de abril de 2009, a través del cual solicitaban autorización para
protocolizar e inscribir en el Registro Público el Convenio de Fusión suscrito entre HSBC
BANK(PANAMA) S.A. y PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A.;
Que el Convenio de Fusión quedó debidamente inscrito en el Registro Público el pasado 30 de
abril de 2009;
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