Resolución Nº 131 de Superintendencia de Bancos, 2009

Año2009
Fecha02 Junio 2009
Número de resolución131
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No.131-2009
(de 2 de junio de 2009)
El Superintendente de Bancos,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.B.P. No. 052-2007 de 2 de mayo de 2007, la
Superintendencia de Bancos otorgó Licencia Internacional a NATIXIS que lo
autorizaba para llevar a cabo el negocio de banca desde la República de Panamá;
Que mediante Resolución S.B.P. No. 347-2008 de 5 de diciembre de 2008, esta
Superintendencia autorizó a NATIXIS iniciar el proceso de Liquidación
Voluntaria;
Que esta Superintendencia ha verificado la culminación del proceso de
Liquidación conforme el Plan de Liquidación presentado;
Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 122 de la Ley Bancaria, y culminado
el proceso de Liquidación;
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Dejar sin efecto la Resolución S.B.P No.052-2007 de 2
de mayo de 2007, por medio de la cual se otorgó Licencia Internacional a
NATIXIS para llevar a cabo el negocio de banca desde la República de Panamá,
y se cancela dicha Licencia.
Una vez notificada la presente Resolución, remítase copia de la misma a la
Dirección General del Registro Público y publíquese en un diario de circulación
nacional por tres días hábiles consecutivos.
Dada en la ciudad de Panamá, a los dos (2) días del mes de junio de dos mil
nueve (2009).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Olegario Barrelier
Superintendente de Bancos

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