Resolución N° 1315. Por la cual se deroga la resolución 349 de 25 de marzo de 2020, y se faculta al coordinador (a) técnico (a) en conjunto con el coordinador (a) administrativo (a) del comité técnico nacional interinstitucional, para que puedan autorizar reuniones virtuales cuando se considere conveniente.

Fecha de publicación03 Enero 2023
Fecha27 Diciembre 2022
EmisorMINISTERIO DE SALUD
No. 29693 Gaceta Oficial Digital, martes 03 de enero de 2023 1
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REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
MINISTERIO
DE SALUD
RESOLUCIÓN No. /
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de 2022
Por la cual se deroga la Resolución 349 de
25
de marzo de 2020, y se faculta
al
Coordinador (a) Técnico (a) en conjunto con el Coordinador (a) Administrativo (a) del
Comité Técnico Nacional Interinstitucional, para que puedan autorizar reuniones virtuales
cuando se considere conveniente
EL
MINISTRO
DE
SALUD
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1 delO de enero de 2001, sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud
Humana, establece en su artículo 114 que el Comité Técnico Nacional Interinstitucional,
estará integrado por especialistas multidisciplinarios y particulares idóneos de las
especialidades médicas, farmacéuticas y otras, quienes elaborarán las especificaciones de
las fichas técnicas para cada renglón de medicamentos, equipos médico-quirúrgicos,
insumos, reactivos de laboratorios y cualquier otro producto que sea necesario;
Que el Ministerio de Salud mediante Resolución No. 182 de
14
de junio de 2001, para dar
cumplimiento
al
artículo 114 de la Ley 1 de 10 de enero de 2001, crea el Comité Técnico
Nacional Interinstitucional, adscrito
al
Ministerio de Salud;
Que la Resolución No. 590 de
14
de junio de 2011, establece en el literal c del numeral 2
del artículo 4, como requisito para las solicitudes de fichas técnicas para equipos, realizar
una reunión de pre-homologación consensuada con funcionarios homólogos de otros
hospitales pares en una reunión formal;
Que el
11
de marzo de 2020, la Organización Mundial de Salud (OMS), declaró la
enfermedad coronavirus (COVID-19) como pandemia, en virtud de la propagación de la
enfermedad a nivel mundial, la cantidad de personas afectadas y los decesos suscitados
como producto de este virus;
Que como producto de la declaración de la OMS, el Consejo de Gabinete emitió la
Resolución de Gabinete
11
del
13
de marzo de 2020, que declara
al
Estado de
Emergencia Nacional y dicta a otras disposiciones;
Que con la finalidad de agilizar los trámites esenciales para evitar desabastecimiento en el
sistema de salud, se consideró viable establecer un procedimiento para las fichas técnicas
elaboradas por el Comité Técnico Nacional Interinstitucional a través de la Resolución 349
de
25
de marzo de 2020;
Que debido a las medidas de control sanitario, a la estrategia de vacunación contra la
pandemia de la COVID-19 y
al
buen comp'ortamiento ciudadano, se ha registrado una
disminución en la incidencia de los casos nuevos,
al
igual que en la velocidad de la
propagación de dicha enfermedad.
Que debido a lo anteriormente expuesto, se requieren medidas pertinentes para ayudar con
el abastecimiento y calidad de los productos para la salud humana requeridos por las
Instituciones Públicas del Estado.
RESUELVE:
Artículo
l.
El Coordinador (a) Técnico (a) en conjunto con el Coordinador (a)
Administrativo (a) del Comité Técnico Nacional Interinstitucional, podrán autorizar
reuniones virtuales cuando se considere conveniente.

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