Resolución Nº 136 de Superintendencia de Bancos, 2018

Año2018
Fecha08 Octubre 2018
Número de resolución136
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-0136-2018
(8 de octubre de 2018)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, BCT BANK INTERNATIONAL, S.A. es una sociedad anónima constituida bajo las Leyes
de la República de Panamá, inscrita en la Sección Mercantil en el Folio 425412 (S) autorizada
para ejercer el Negocio de Banca en o desde la República de Panamá, con Licencia Bancaria
General otorgada por esta Superintendencia, mediante Resolución S.B.P. No. 232-2008 de 18
de septiembre de 2008;
Que, mediante Resolución SBP-0074-2018 de 1 de junio de 2018, esta Superintendencia
autorizó la Fusión por Absorción entre BCT BANK INTERNATIONAL, S.A. y BALBOA BANK
& TRUST, CORP. de la cual resultó BCT BANK INTERNATIONAL, S.A. como sociedad
sobreviviente.
Que, en cumplimiento del numeral 2 del Artículo 58 de la Ley Bancaria, BCT BANK
INTERNATIONAL, S.A. ha solicitado a esta Superintendencia autorización para proceder al
cierre definitivo de la sucursal que mantiene en la Zona Libre de Colón, ubicada en la Plaza PH
Interplaza, provincia de Colón, la cual se traslada a las instalaciones de la que fuera la sucursal
de BALBOA BANK & TRUST, CORP., ubicada en la Calle 15, Avenida Roosevelt, provincia de
Colón;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2, Literal I, del Artículo 16 de la Ley
Bancaria, corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el cierre de establecimientos
bancarios; y
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud no merece objeciones;
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar a BCT BANK INTERNATIONAL, S.A a cerrar la sucursal que
mantiene en la Zona Libre de Colón, ubicada en la Plaza PH Interplaza, provincia de Colón, y
trasladar las operaciones de dicha sucursal, hacia la Calle 15, Avenida Roosevelt, provincia de
Colón.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 58, Numeral 2, y Artículo 16, Literal I, Numeral 2 de la
Ley Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los ocho (8) días del mes de octubre de dos mil dieciocho
(2018).
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Ricardo G. Fernández D.

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