Resolución Nº 140 de Superintendencia de Bancos, 2008

Año2008
Fecha29 Mayo 2008
Número de resolución140
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No.140-2008
(de 29 de mayo de 2008)
El Superintendente de Bancos,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que BANCO UNO, S.A. es una sociedad anónima organizada de conformidad
con las leyes de la República de Panamá, debidamente inscrita a Ficha 290612,
Rollo 43113, Imagen 95 de la Sección de Micropelícula (Mercantil) del Registro
Público de Panamá, autorizada para ejercer el Negocio de Banca en y desde
Panamá, al amparo de una Licencia General otorgada mediante Resolución
No.19-94 de 24 de agosto de 1994;
Que BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S.A. es una sociedad anónima
constituida conforme a las leyes de la República de Panamá, inscrita a Ficha
425041, Documento 404934, de la Sección de Micropelícula (Mercantil) del
Registro Público de Panamá, autorizada para ejercer el Negocio de Banca en y
desde Panamá, al amparo de una Licencia General otorgada mediante Resolución
S.B.P. No. 101-2002 de 10 de diciembre de 2002;
Que atendiendo a solicitud de BANCO UNO, S. A. y BANCO CUSCATLÁN
DE PANAMÁ, S. A., esta Superintendencia, mediante Resolución S.B.P. No.
191-2007 de 4 de diciembre de 2007, autorizó el Convenio de Fusión por
Absorción entre los mismos, en el cual queda BANCO CUSCATLÁN DE
PANAMÁ, S. A. como sociedad sobreviviente;
Que en virtud de que el Artículo 22 del Acuerdo No. 1-2004 de 29 de diciembre
de 2004 establece que el Convenio de Fusión deberá ser protocolizado e inscrito
en el Registro Público dentro de los tres (3) meses siguientes, contados a partir de
la fecha de la Resolución que autoriza la fusión, BANCO UNO, S. A. y BANCO
CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. solicitaron a esta Superintendencia prórroga
por el término de tres (3) meses adicionales para protocolizar e inscribir en el
Registro Público su Convenio de Fusión por Absorción;
Que mediante Resolución S.B.P. No. 067-2008 de 3 de marzo de 2008, esta
Superintendencia concedió prórroga a BANCO UNO, S. A. y BANCO
CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. hasta el 4 de junio de 2008, para
protocolizar e inscribir en el Registro Público su Convenio de Fusión por
Absorción;
Que mediante Apoderado Especial, BANCO UNO, S. A. y BANCO
CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. han solicitado a esta Superintendencia una
prórroga adicional de tres (3) meses para protocolizar e inscribir en el Registro
Público el Convenio de Fusión por Absorción, y una prórroga de seis (6) meses
adicionales para formalizar la fusión desde el punto de vista jurídico,
administrativo y operativo;

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