Resolución nº 140 de Superintendencia de Bancos, 2014
Fecha | 17 Octubre 2014 |
Número de resolución | 140 |
Año | 2014 |
Emisor | Superintendencia de Bancos |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0140-2014
(de 17 de octubre de 2014)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que, BANK OF SAINT LUCIA INTERNATIONAL LIMITED es una entidad bancaria
debidamente organizada y existente conforme a las leyes de Saint Lucia;
Que, BANK OF SAINT LUCIA INTERNATIONAL LIMITED ha presentado, por intermedio
de apoderado legal, solicitud de Permiso Temporal para protocolizar e inscribir en el
Registro Público los documentos relativos a su habilitación y registro en Panamá, para
posteriormente optar por una Licencia de Representación;
Que, bajo los criterios de análisis previstos para solicitudes de Permiso Temporal, la
solicitud de BANK OF SAINT LUCIA INTERNATIONAL LIMITED no merece objeciones,
y
Que, de conformidad con el Artículo 16, Literal I, numeral 1 de la Ley Bancaria,
corresponde al Superintendente resolver sobre la solicitud de BANK OF SAINT LUCIA
INTERNATIONAL LIMITED;
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Otorgar PERMISO TEMPORAL, por noventa (90) días, a BANK
OF SAINT LUCIA INTERNATIONAL LIMITED, para que
protocolice e inscriba en el Registro Público, los documentos relativos a su habilitación y
registro en la República de Panamá, a fin de optar por una Licencia de Representación.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 16, Literal I, numeral 1, Artículo 47 y
subsiguientes de la Ley Bancaria y Acuerdo No. 3-2001 de 5 de septiembre de 2001,
modificado por el Acuerdo No. 2-2006 de 8 de marzo de 2006.
Dada en la Ciudad de Panamá, a los diecisiete (17) días del mes de octubre de dos mil
catorce (2014).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Alberto Diamond R.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba