Resolución Nº 147 de Superintendencia de Bancos, 2019

Año2019
Fecha21 Agosto 2019
Número de resolución147
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0147-2019
(de 21 de agosto de 2019)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que, GTC BANK INC., es una sociedad organizada de conformidad con las leyes de la República
de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca desde la República de Panamá al amparo
de la Licencia Bancaria Internacional otorgada por la Superintendencia de Bancos mediante
Resolución SBP No. 31-2001 de 22 de junio de 2001;
Que, BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., es una sociedad constituida y organizada de
conformidad con las Leyes de la República de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de
banca en o desde la República de Panamá al amparo de la Licencia Bancaria General, otorgada
por esta Superintendencia mediante Resolución SBP-0174-2017 de 14 de septiembre de 2017;
Que, BANCO G&T CONTINENTAL, S.A. (GUATEMALA), es una entidad creada y organizada
bajo las leyes de la República de Guatemala, propietaria del 100% de las acciones de las entidades
GTC BANK INC., y BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A.;
Que, las entidades GTC BANK INC., y BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., ambas del
mismo Grupo Bancario, han presentado de manera conjunta a través de Apoderado Especial,
solicitud de autorización para llevar a cabo la fusión por absorción, de la cual GTC BANK INC., en
calidad de sociedad sobreviviente, absorberá a BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A.
bajo los términos y condiciones que se detallan en la transacción propuesta;
Que, efectuados los análisis correspondientes y conforme a lo dispuesto en el Acuerdo 1-2004 de
29 de diciembre de 2004, la solicitud presentada por GTC BANK INC. y BANCO G&T
CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., no merece objeciones;
Que, de conformidad con el Literal I, Numeral 6 del Artículo 16 de la Ley Bancaria, corresponde al
Superintendente de Bancos resolver sobre solicitudes como la presente.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar la Fusión por Absorción entre GTC BANK INC. y BANCO G&T
CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., donde GTC BANK INC., como sociedad sobreviviente,
absorberá a BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 16, Literal I, Numeral 6 de la Ley Bancaria, Acuerdo 1-
2004 de 29 de diciembre de 2004.
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintiún (21) días del mes de agosto de dos mil diecinueve
(2019).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Ricardo G. Fernández D.

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