Resolución N° 149. Por medio de la cual se le concede a la sociedad felipe motta, s.a., autorización para operar un depósito privado de bebidas alcohólicas y demás mercancías no nacionalizadas.

Fecha de publicación06 Septiembre 2022
Fecha02 Agosto 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADUANAS
No. 29616-A Gaceta Oficial Digital, martes 06 de septiembre de 2022 1
-
\.
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
AUTORIDAD
NACIONAL
DE
ADUANAS
RESOLUCIÓN
149
2 de agosto de 2022
"Por medio de la cual se le concede a la soCiedad
FELIPE
MOTTA,
S.A., autorización para operar
un depósito privado.bebidas alcohóliCas y demás mercancías no nacionalizadas"
EL
DIRECTOR
GENERAL
DE
ADUANAS,
ENCARGADO
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante
el
Decreto Ley 1 de
13
de febrero de 2008 se
creala
Autoridad Nacional de Aduanas
como una institución de seguridad pública, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía
en
su régimen interno y jurisdicción
en
todo
el
territorio nacional; ·
Que mediante la Ley 26 de 17 de abril de 2013 es aprobado el Protocolo de Incorporación de la
República de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana, publicado en
Gaceta Oficial 27268-B de
17
de abril de 2013, adoptándose, entre otros instrumentos jurídicos, el
Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y el Reglamento al Código Aduanero
Uniforme Centroamericano (RECAUCA), texto concomitante con el Decreto de Gabinete
12
de 29
de marzo de 2016;
Que el artículo 68 y siguientes del Decreto .de Gabinete 12 de 2016 autoriza el establecimiento de
depósitos privados de bebidas alcohólicas y demás mercancías no nacionalii:adas, destinadas a las
naves o aeronaves y a sus tripulantes o pasajeros que se encuentren en tránsito internacional y que
arriben a los puertos habilitados para el comercio exterior. Asimismo, para el servicio internacional
de pasajeros o aeropuertos destinados al tránsito internacional, al personal extranjero del cuerpo
diplomático acreditado, a
los
traspasos a las tiendas de Zonitas Libres o a la empresas domiciliadas
en Zonas o Puertos Libres, autorizadas para manejo de licores y demás mercancías extranjeras;
Que la sociedad
FELIPE
MOTTA,
S.A., sÓciedad anónima inscrita en la sección de mercantil del
Registro Público, folio 321703 (S) con RUC 441-74-94389 D.V.76, cuyo representante legal es el
señor FERNANDO
ERNESTO
MOTTA
V
ALLARINO,
varón, panameño, mayor de edad, con
cédula de identidad personal 8-222-1462, a través de sus apoderados legales, ha elevado solicitud
formal para que se le conceda renovación de la autorización para . operar un depósito privado de
bebidas alcohólicas y demás mercancías no nacionalizadas, en su establecimiento ubicado en la
provincia y distrito de Panamá, corregimiento de Tocumen, avenida Domingo Díaz, urbanización
Tocumen Commercial Park, edificio Felipe Motta;
Que la sociedad ha consignado a favor de la Autoridad Nacional .
de
Aduanas/Contraloría General de
la República, la Fianza de Obligación Fiscal (2-97) 88B57329 de 27 de junio de 2022 por un límite
máximo de responsabilidad de doscientos cincuenta mil balboas con 00/100 (B/.250,000.00), con
vigencia hasta el 20 de junio de 2023, con su respectivo endoso aclaratorio 1 de 27 de junio de 2022
que extiende su vigencia durante todo el periodo que dure el contrato
(5
años);
Que la peticionaria ha presentado documentos requeridos para su debida identificación, por
lo
que se
ha determinado que no hay objeción a lo solicitado por la sociedad;
Por lo antes expuesto, el suscrito Director General de Aduanas, Encargado en uso de sus facultades
legales y administrativas, RESUELVE:
CONCEDER
autorización a la sociedad
FELIPE
MOTTA,
S.A., para que realice las
operaciones de un depósito privado para bebidas alcohólicas y demás mercancías no nacionalizadas
conforme a lo establecido en el Decreto de Gabinete
12
de 2016, cuyo establecimiento se encuentra
ubicado en la provincia y distrito de Panamá, corregimiento de Tocumen, avenida Domingo Díaz,
urbanización Tocumen Commercial Park, edificio Felipe Motta.

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