Resolución Nº 15 de Superintendencia de Bancos, 2014

Año2014
Fecha07 Abril 2014
Número de resolución15
Tipo de documentoResolution
SecciónFiduciarias
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-FID-0015-2014
(de 7 de abril de 2014)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO
Que, GARANTRUST S.A. es una sociedad anónima organizada y existente de conformidad
con las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Micropelículas (Mercantil)
del Registro Público a ficha 794224, documento 2329086 desde el 6 de febrero de 2013, la
cual cuenta con Licencia Fiduciaria otorgada por esta Superintendencia mediante Resolución
SBP-FID-0009-2013 de 14 de junio de 2013;
Que CIESA CONSULTING INC. es una sociedad anónima organizada y existente de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Micropelículas
(Mercantil) del Registro Público a ficha 336658, rollo 56632, imagen 69 desde el 16 de octubre
de 1997;
Que MMG BANK CORPORATION, es una sociedad anónima organizada y existente de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Micropelículas
(Mercantil) del Registro Público de Panamá a la ficha 421669, documento 380693 desde el 22
de agosto de 2002, autorizada para llevar a cabo el negocio de Banca en y desde la República
de Panamá, al amparo de una Licencia Bancaria General otorgada por esta Superintendencia
mediante Resolución S.B. 85-2002 de 31 de octubre de 2002;
Que, la empresa fiduciaria GARANTRUST S.A., por intermedio de Apoderado Especial,
presentó en conjunto con la entidad bancaria MMG BANK CORPORATION y la sociedad
CIESA CONSULTING INC., solicitud de autorización para que MMG BANK CORPORATION
adquiera, mediante Convenio de Fusión por Absorción celebrado el 19 de agosto de 2013,
todos los derechos, privilegios, licencias, poderes, facultades, registros, propiedades, deudas y
obligaciones de cualquier clase de que fueran titulares las sociedades GARANTRUST S.A. y
CIESA CONSULTING INC., las cuales dejarían de existir en virtud del mencionado Convenio
de Fusión;
Que, mediante Escritura Pública número seiscientos treinta y ocho (638) de 14 de enero de
2014, inscrita en el Registro Público el día 7 de febrero de 2014, se protocolizó el Convenio de
Fusión por Absorción celebrado el 19 de agosto de 2013, entre GARANTRUST S.A., CIESA
CONSULTING, INC. y MMG BANK CORPORATION, producto del cual sobrevivió ésta última;
Que, de conformidad con lo que dispone el Artículo 36 de la Ley 1 de 5 de enero de 1984,
corresponde a la Superintendencia supervisar y velar por el adecuado funcionamiento del
Negocio de Fideicomiso de acuerdo a las disposiciones legales vigentes;
Que, en virtud de lo anterior, el Superintendente,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer los efectos, para lo que corresponda, del Convenio de
Fusión por Absorción suscrito el 19 de agosto de 2013, entre
GARANTRUST S.A., CIESA CONSULTING, INC y MMG BANK
CORPORATION, producto del cual sobrevivió ésta última.

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