Resolución N° 153/2021. Por la cual se cancela y deja sin efecto, la resolución no. 106/2008 de 24 de diciembre de 2008, donde se ordenó la inscripción en el registro nacional de turismo de la empresa westllne enterprises, inc., sociedad inscrita a la ficha 617448 documento 1351606, la cual cedió sus derechos a favor de las empresas inmobiliarias citelis panamá, s.a., sociedad inscrita a el folio 155649071 de la sección de micropelículas mercantil del registro público e inversiones amilena,inc., sociedad inscrita al folio 155642665 de la sección de micropelículas mercantil del registro público, para que la misma pudiera acogerse a los beneficios fiscales que señala el artículo 1 de la ley no. 58 de 28 de diciembre de 2006, para la construcción del establecimiento de hospedaje público turístico (hotel) denominado hotel ritz carlton/soho.

Fecha de publicación30 Mayo 2022
Fecha08 Noviembre 2021
EmisorAUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMÁ
No. 29547 Gaceta Oficial Digital, lunes 30 de mayo de 2022 1
·
~
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
AUTORIDAD DE
TURISMO DE PANAMÁ
RESOLUCION
No. IS3 /2021
De
_!l_
de
1.f!ttta.Íu.
de 2021
LA
DIRECTORA
.
DE
INVERSIONES
TURISTICAS
DE
LA
AUTORIDAD
DE
TURISMO
DE
PANAMA,
EN
USO
DE
SUS
FACULTADES
LEGALES
CONSIIlERANDO:
Que
mediante Resolución No. 106/2008 de 24
de
diciembre
de
2008, se ordena
la
inscripción
de
la
empresa
'VESTLINE
ENTERPRISES,
INC.,sociedad inscrita a la
Ficha
617448
Documento 1351606 de
la
Sección de Mercantil del Registro Público, cuyo Representante
Legal es
RAFAEL
REYES
ESQUIVEL
con cédula de identidad personal No. 4-75-422, con
el
±fo
de que la misma pudiese obtener los incentivos fiscales establecidos en
el
Artículo l de
la
Ley
No. 58 de 28 de diciembre de 2006, para
la
construcción del establecimie.
nto
de
hospedaje público turístico, bajo
la
modalidad
d~
Hotel, denominado 'WESTLINR, ubicado en
Calle 50, Obarrio, al lado de la antigua mansión Danté, Corregimiento de Bella Vista, Distrito
y Provincia de Panamá, con una inversión declarada de
CIENTO
SESENTA
MILLONES
DE
BALBOAS
CON
00/100 (B/.160,000,000.00).
Que mediante Resolución No. 048/2011 de 6
cle
enero de 3011, se modifica en su parte
resolutiva de la Resolución No. 10612008 de 24 de diciembre de 2008, la :razón comercial del
proyecto de hospedaje público turístico, bajo la modalidad de hotel, antes denominado
WESTLINE
y
se
reconozca como nueva razón comercial a
HOTEL
RITZ
CARL
TON/SO.HO y
de
Representante
Legal
a
el
señor Henri Mizrachi.
Que mediante Resolución No. 002/2014 de 6 de enero de 2014, se le otorga a
la
empresa
WESTLINE
ENTERPRISES,
INC., una prórroga para el inicio de operación cornerciaJ del
hospedaje público turístico denominado
HOTEL
RITZ
CARLTON/SOHO,
hasta el 30 de
junio de 2015.
Que
mediante Resolución
No.
112/2015
de
9
de
noviembre
de
2015,
se
le
otorga a
la
empresa
WESTLINE
ENTERPRIS.ES,
lNC.,
una segunda próIToga para
el
inicio de operación
comercial del hospedaje público turístico denominado
HOTEL
RITZ
CARL
TON/SOHO~
hasta el
31
de marzo de 2017.
Que mediante Resolución No. 07612017 de
19
de
mayo de
2017.
se le
otorga
a
la
empresa
WESTLINE
ENTERPRlSES,
INC., una tercera
próD"oga
para el inicio de operación
comercial del hospedaje público turístico denominado
HOTEL
RlTZ
CARL
TON/SORO,
hasta
el
31
de marzo de 2020.
Que mediante Resolución No. 057/2018 de 17 de mayo de 2018, se resuelve admitir
la
cesión
de
derechos de incentivos turísticos que realiza la empresa
WESTLlNE
ENTERPRlSES,
INC., a favor de las empresas
INMOBILIARIA
ClTELIS
PANAMÁ, S.A., e
INVERSIONES
AMILENA,
INC., para el desarrollo y operación del proyecto hotdero
denominado
HOTEL
RITZ
CARLTON/SOHO.
Que mediante memorando No.119-l-RNT-M-0911-21 de
21
de septiembre de 2021,
la
Dirección de Inveniones Turísticas, solicita dejar sin efecto la Resolución
No.
l 06/2008 de 24
de
diciembr~
de 2008, mediante la cual se inscribe en el Registro Nacional de Turismo a las
sociedades
lNMOBlLIARIA
CITELIS
PANAMA, S.A., e
INVERSIONES
A1\lllLENA,
INC., se le cancele los incentivos turísticos otorgados a través del Artículo 1 de la Ley No. 58
de
24 de diciembre de
2008~
ya que esta empresa se mantiene en incumplimiento de las
obligaciones contraídas, específicamente
por
no iniciar
la
operación comercial de la actividad
turística incentivada y no mantener
Ja
fianza de cumplimiento vigente,
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