Resolución Nº 156 de Superintendencia de Bancos, 2014

Año2014
Fecha25 Noviembre 2014
Número de resolución156
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP- 0156-2014
(de 25 de noviembre de 2014)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que, BANK LEUMI LE-ISRAEL B.M. es una sociedad extranjera, constituida de conformidad con
las Leyes del Estado de Israel, habilitada a la Ficha 170, Rollo 3152 e Imagen 90, de la Sección
de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público de la República de Panamá, autorizada para
ejercer el Negocio de Banca en o desde la República de Panamá, al amparo de una Licencia
General, otorgada mediante Resolución No. 8-82 de 16 de marzo de 1982; emitida por la
Comisión Bancaria Nacional;
Que, esta Superintendencia mediante Resolución SBP-0026-2014 de 18 de febrero de 2014
autorizó a BANK LEUMI LE-ISRAEL B.M. para iniciar el proceso de su Liquidación Voluntaria, y
cese de operaciones, conforme el Plan de Liquidación presentado ante esta Superintendencia;
Que, el Proceso de Liquidación Voluntaria se encuentra avanzado y próximo a concluir;
Que, BANK LEUMI LE-ISRAEL B.M. en virtud de lo anterior y en atención a lo establecido en el
numeral 2, del Artículo 58 de la Ley Bancaria, solicitó a esta Superintendencia autorización para
trasladar sus oficinas, ubicadas en Calle 72, Corregimiento de San Francisco, Local No 19,
Ciudad de Panamá a sus nuevas oficinas ubicadas en Calle 50, Piso 6, Oficina 604, Torre
Credicorp Bank, Urbanización Obarrio, Corregimiento de San Francisco, Ciudad de Panamá.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16, ordinal I, numeral 2 de la Ley Bancaria,
corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el traslado de establecimientos bancarios, y;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de BANK LEUMI LE-ISRAEL B.M. no
merece objeciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar a BANK LEUMI LE-ISRAEL B.M. a trasladar sus oficinas a Calle
50, Piso 6, Oficina 604, Torre Credicorp Bank, Urbanización Obarrio,
Corregimiento de San Francisco, Ciudad de Panamá.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 58, numeral 2, y artículo 16, ordinaI I, numeral 2 de la Ley
Bancaria.
Dada en la Ciudad de Panamá, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de dos mil catorce
(2014).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Alberto Diamond R.
/mec

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