Resolución Nº 158 de Superintendencia de Bancos, 2019

Año2019
Fecha23 Agosto 2019
Número de resolución158
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-0158-2019
(de 23 de agosto de 2019)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que, UNI B & T HOLDINGS, INC. , es una sociedad constituida de conformidad con las Leyes de
la República de Panamá, inscrita a Folio 682912 (S) de la Sección Mercantil del Registro Público
de Panamá, la cual es propietaria del 100% de las acciones de UNIBANK, S. A.;
Que, UNIBANK, S. A. es una entidad bancaria organizada y existente de conformidad con las Leyes
de la República de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca en o desde la República
de Panamá, al amparo de una Licencia Bancaria General otorgada mediante Resolución S.B.P.
No.163-2010 de 19 de julio de 2010, emitida por esta Superintendencia;
Que, UNI B & T HOLDINGS, INC., presentó formal solicitud de autorización para utilizar un derivado
de la palabra “banco en el nombre de la sociedad UNI B & T HOLDING, INC, la cual modificará
su razón social a GRUPO UNIBANK, S.A.;
Que conforme el Artículo 44 de la Ley Bancaria, la Superintendencia de Bancos excepcionalmente
podrá autorizar el uso de la palabra Banco o sus derivados, en cualquier idioma, a una persona
natural o jurídica que no se dedique al Negocio de Banca, siempre que la palabra Banco o sus
derivados, sea utilizada únicamente como parte del nombre del solicitante y no se genere confusión
ni duda sobre la naturaleza de sus operaciones y actividad a realizar;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de UNI B & T HOLDINGS, INC. no
merece objeciones;
Que, de conformidad con el Artículo 16, Literal I, Numeral 7 de la Ley Bancaria, corresponde al
Superintendente de Bancos resolver sobre solicitudes como la presente;
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar el uso de la palabra banco en el nombre de la sociedad UNI B & T
HOLDINGS, INC, la cual cambiara su razón social a GRUPO UNIBANK, S.A.”
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 16, Literal I, Numeral 2 y Artículo 44 del Decreto Ejecutivo
No. 52 de 30 de abril de 2008, Texto Único de la Ley Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintitrés (23) días del mes de agosto de dos mil diecinueve
(2019).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Ricardo G. Fernández D.
/radyd

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