Resolución N° 167. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de cynthia purizaca congacha.

Fecha de publicación18 Octubre 2022
Fecha28 Junio 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29646-A Gaceta Oficial Digital, martes 18 de octubre de 2022 1
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ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
ResoluciónNo.
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PANAMÁ,
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de
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
de
¿(OfJ.0.
Que CYNTHIA PURIZACA CONGACHA, nacional de PERÚ, mediante apoderado
. legal, solicita al Órgano Ejecutivo
por
conducto del Ministerio de Seguridad Pública, que se
le conceda
CARTA
DE
NATURALEZA,
de conformidad con lo que establece el ordinal
2o. del Artículo 1
O de la Constitución Política y del Decreto Ley 3 de
22
de febrero de
2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a) Certificación expedida
por
el Servicio Nacional de Migración, donde consta que
la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 9081
del
31
de mayo de 2013.
b) Certificación expedida
por
la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que la
peticionaria no registra antecedentes penales.
c)
Copia autenticada del Carné de Residente Permanente No. E-8-115624, expedida
por
la Directora Regional Especial de
Panamá
Centro, a nombre de la peticionaria.
d) Certificado de Matrimonio expedido
por
la
Dirección Nacional del Registro Civil,
inscrito en el Acta 8-298-1421 , en la Provincia de Panamá, donde se
comprueba
el
vínculo existente entre el panameño Iván Ernesto Mujica Ríos y la peticionaria.
e) Certificado de Nacimiento expedido
por
la Dirección Nacional de Registro Civil,
inscrito en el Tomo 813, Partida 2036, en la Provincia de Panamá, donde se comprueba
la nacionalidad panameña del cónyuge de la peticionaria.
f) Certificado de Buena Salud, expedido
por
la
Dra. María
Teresa
Arenas.
g) Certificación de
Paz
y Salvo expedida
por
el Ministerio de
Economía
y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple
con
sus obligaciones fiscales.
h) Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de
la
peticionaria, donde se
acredita la nacionalidad.
i) Copia de la Resolución
No
. 498 del
18
de octubre de 2018, expedida por el Tribunal
Electoral.
j)

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