Resolución N° 172. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de maria elena mercado lastre.

Fecha de publicación18 Octubre 2022
Fecha28 Junio 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29646-A Gaceta Oficial Digital, martes 18 de octubre de 2022 1
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ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
RESOLUCIÓNNÚMERO
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PANAMÁ,~DE
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DE
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EL PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que MARIA ELENA MERCADO LASTRE, nacional
de
COLOMBIA, mediante
apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Seguridad
Pública, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que
establece el ordinal 3o. del artículo
10
de
la Constitución Política y Decreto Ley 3 de 22
de
febrero
de
2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a)
Certificación expedida por el Servicio Nacional
de
Migración, donde consta que la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, concedida mediante Resolución No.19976,
del
13
de octubre de 2010.
b) Certificación expedida por la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que la
peticionaria no registra antecedentes penales.
c) Copia autenticada del carné de residente permanente No.E-8-103698, expedido por el
Director Regional de Cedulación de Panamá Centro, a nombre de la peticionaria.
d) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Israel Murillo
R.
e)
Certificación
de
Paz y Salvo expedida por el Ministerio
de
Economía y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple con sus obligaciones fiscales.
f)
Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de la peticionaria, donde se
acredita la nacionalidad.
g)
Certificación autenticada, expedida por el Consulado General de Colombia en Panamá,
donde se acredita la Ley de Reciprocidad No.
43
de 1 de febrero de 1993, por medio de
la cual se establecen las normas relativas a la adquisición, renuncia, perdida y
recuperación
de
la nacionalidad Colombiana a favor de la peticionaria.
h)
i)

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