Resolución Nº 199 de Superintendencia de Bancos, 2008

Año2008
Fecha13 Agosto 2008
Número de resolución199
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No. 199-2008
(De 13 de agosto de 2008)
El Superintendente de Bancos,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. es una sociedad organizada y constituida de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita a ficha 456744, documento
633197, de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público de Panamá, con
Licencia Bancaria General otorgada por esta Superintendencia para ejercer el negocio de
banca en y desde Panamá;
Que PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A. es una sociedad organizada y constituida de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita a ficha 124625, rollo 12567,
imagen 1, de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público de Panamá, con
Licencia Bancaria General otorgada por esta Superintendencia para ejercer el negocio de
banca en y desde Panamá;
Que HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. es propietaria mayoritaria de las acciones comunes
emitidas y en circulación de PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A.;
Que en virtud del plan de consolidación de Grupo HSBC, que fue oportunamente
comunicado a esta Superintendencia, HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. y PRIMER BANCO
DEL ISTMO, S.A. han presentado, por intermedio de apoderado especial, solicitud de
fusión de ambas entidades, quedando HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. como entidad
sobreviviente;
Que como resultado de la fusión cuya autorización se solicita, HSBC BANK (PANAMÁ)
S.A., continuará siendo accionista mayoritario directo de INVERSIONES FINANCIERAS
BANCOSAL, S.A., sociedad tenedora de las operaciones bancarias del Grupo en El
Salvador. A su vez, HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. pasará a controlar directamente las
distintas sociedades del grupo económico que llevan a cabo operaciones bancarias o
reguladas en Costa Rica, Nicaragua, Honduras, Colombia, Bahamas, Islas Caimán,
Montserrat y Panamá. En el caso de Panamá, se incluye BANISTMO CAPITAL
MARKETS GROUP INC., empresa autorizada por esta Superintendencia para ejercer el
negocio de fideicomiso en o desde Panamá;
Que la referida solicitud ha sido analizada de conformidad con las disposiciones del Acuerdo
No.1-2004 de 29 de diciembre de 2004, que establece los criterios para la adquisición,
traspaso de acciones y fusiones de Bancos y/o Grupos Económicos, y
Que efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de HSBC BANK (PANAMÁ)
S.A. y PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., no merece objeciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorízase la fusión entre HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. y
PRIMER BANCO DEL ISTMO, S. A. mediante denominado
Convenio de Fusión y en virtud del cual el primero absorberá el segundo, quedando como

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