Resolución N° 201-6688. Que modifica la resolución no. 201-2578 de 3 de mayo de 2017, que aprobó el texto único del procedimiento a seguir en la concertación de los convenios de pago para la cancelación de las obligaciones tributarias morosas, de competencia de la dirección general de ingresos.
Fecha de publicación | 14 Noviembre 2022 |
Fecha | 13 Septiembre 2022 |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS / DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS |
No. 29662 Gaceta Oficial Digital, lunes 14 de noviembre de 2022 1
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REPÚBLICA DE
PANAMÁ
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BIERNO
NAC
IONAL -
MINISTERIO
DE
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Dirección General de Ingresos
RESOLUCIÓN Nº 201-6688
(De
13
de septie1nbre de 2022)
"Que modifica la Resolución
No.
201-2578 de 3 de mayo de 2017, que aprobó
el
Texto Único del procedimiento a seguir
en
la concertación dé los Convenios de pago
para
la
cancelación de las obligaciones tributarias morosas, de competencia de
la
Dirección General de Ingresos;'
EL DIRECTOR GENERAL
DE
INGRESOS
CONSIDERANDO:
Que
el
Decreto de Gabinete
No
.109 de 7 de mayo de 1970 establece,
en
sus
artículos 5 y
6,
que
el
Director General de Ingresos es responsable por
la
permanente adecuación u perfeccionamiento de los procedimientos administrativo!?
acorde a los principios y reglas técnicas de administración tributaria, para lograr una
creciente racionalización
en
las
funcione_s
y
el
mayor rendimiento fiscal y
lo
faculta
para regular las relaciones formales de los contribuyentes con
el
Fisco,
en
aras de
mejorar
el
servicio y facilitar a los contribuyentes
el
cumplimiento de las obligaciones
tributarias,
en
particular las relaciones con las modalidades, forma y lugar de pago
de
las mismas .
Que aunado a
lo
anterior,
la
norma ut supra dispone que
el
Director General
de
Ingresos, está facultado
en
sus funciones de administrar las leyes tributarias bajo.
su
competencia, a poner
en
conocimiento del público dichas actuaciones
administrativas.
Que, por otro lado, la norma
en
comento
en
su
parágrafo
1,
artículo
5,
establece
que, siempre que los derechos del Fisco queden suficientemente asegurados,
el
Director General de Ingresos, podrá concertar arreglos de pago de deudas
tributarias morosas, y permitir
el
pago de tributos
en
general
en
partidas mensuales,
sin
afectar,
en
todo caso, las fechas de vencimiento normales.
Que mediante Resolución No.201-2829 de
18
de octubre
de
2004,
se
adoptó
la
nueva reglamentación a seguir
en
la
concertación de los Convenios de pago para
la
cancelación de las obligaciones tributarias morosas, de competencia de
la
Dirección General de Ingresos.
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