Resolución N° 201-6852. Por la cual se ordena la implementación del código 941, para el pago de derecho registral y cualesquiera otras multas, intereses o recargos que se les haya aplicado para la solicitud de reactivación.

Fecha de publicación18 Octubre 2019
Fecha16 Octubre 2019
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS / DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
No. 28885-A Gaceta Oficial Digital, viernes 18 de octubre de 2019 1
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Ministerio de Economía y Finanzas
Dirección General de lngresos
Despacho del Director
RESOLUCTÓ}.I Uo. 201 -6852
16 de octubre 2019
"Por la cual se ordena la implementación del Código 941, para el pago de derecho
registral y cualesquiera otras multas, rnfereses o recargos gue se les haya
aplicado para la solicitud de reactivación"
EL DIRECTOR GENERAL DE ¡NGRESOS
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 201-6281 de27 de septiembre de 2019, el Director
General de lngresos ordenó habilitar en el sistema e-Tax 2.0, la generación de la
resolución que ordena la reactivación de las personas jurídicas que se encuentren
suspendidas por morosidad en el pago de su tasa única por un periodo de tres (3)
años consecutivos, mediante solicitudes ingresando a la dirección dgi.mef.gob.pa.
Que en igual medida, la resolución antes citada resolvió informar a las personas
jurídicas, que una vez realizado los pagos correspondientes y realizado el pago de
las tasas únicas vencidas, más la multa por reactivación de mil balboas
(Bl. 1,000.00), el derecho registral de veinticinco balboas (B/. 25.00) y cualesquiera
otras multas, intereses o recargos que se les haya aplicado, las solicitudes de
reactivación se deberán realizar en línea ingresando al sistema e-Tax 2.0, a través
del RUC y NIT de la persona jurídica.
Que de conformidad con el artículo 6 del Decreto de Gabinete 109 de mayo de 1970,
son funciones del Director General de lngresos, sin que en ningún caso pueda
delegarla en sus subalternos, la de impartir, por medio de resoluciones, normas
generales obligatorias para regular las relaciones formales de los contribuyentes
con el Fisco.
De igual forma, el artículo 6 del Decreto de Gabinete 109 de 7 de mayo de 1970
dispone que el Director General de lngresos, en ejercicio de sus funciones podrá
dictar normas relacionadas con los sistemas de pago en cuanto a sus modalidades,
formas y lugar del mismo.
Que el Decreto de Gabinete No. 109 de 7 de mayo de 1970 establece, en su artículo
5-, que el Director General de lngresos es responsable por la permanente
adecuación y perfeccionamiento de los procedimientos administrativos acorde a los
principios y reglas técnicas de administración tributaria, para lograr una creciente
racionalización en las funciones y el mayor rendimiento fiscal.
Que aunado a lo anterior, la norma ut supra, dispone que el Director General de
lngresos, está facultado en sus funciones de administrar las leyes tributarias bajo
su competencia, de poner en conocimiento público dichas actuaciones
administrativas y regular las relaciones formales de los contribuyentes con el Fisco,
en aras de mejorar el servicio y facilitar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias por parte de los contribuyente, en particular las relacionadas con las
modalidades, formas y lugar de pago de las mismas.
Que a través de la Resolución No. 201-7431 de 4 de diciembre de 2017, fue
aprobada la utilización de la boleta de pago múltiple electrónica, generada a través
del sistema e-Tax 2.0, para los pagos que se realizan ante la Dirección General de

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