Resolución N° 201-9150. Por la cual se extiende el plazo para que determinadas personas jurídicas presenten los registros contables y copias de los registros contables a los agentes residentes en virtud de lo establecido en la ley 52 de 27 de octubre 2016, modificada por la ley 254 de 11 de noviembre de 2021.

Fecha de publicación23 Diciembre 2022
Fecha15 Diciembre 2022
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS / DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
No. 29688 Gaceta Oficial Digital, viernes 23 de diciembre de 2022 1
MINISTERIO DE
ECONOMíA Y FINANZAS
REPUSLICA I'ANAT-qA
RESoLUCtóN No.zol -91 50
De l5 de diciembre de 2022
" l\¡r lu t:uul sc exlit'ntlc c'l pla:o peru quc datcrminctdus pct'sonas.iurídicas prcscntcn k¡s
rt'otttublcs .v t'opios dt, los rcgistros contablcs a los agcntes rasidentcs an yirtud dc
lo cstublcc'ido lu l.cy'52 de 27 da octubrc 2016, modi/ic'odopor la Lev 254 dc I I de
nt¡ttcmbre de 202 I . "
CONSIDERANDO:
Que, ol f)ccroto de Cabinete l0t) do 7 dc mayo «le 1970 estableco en su artículo 5 y ó quc el
Dircctor (icneral clc Ingresos es responsable p()r l¿r pcnnanente adccuación y
perti:ccionarnicnto tlc los procedimicntos administrativt-rs y lo thcultan para regular las
relaciotrcs firmralcs clc krs contribuycntes «rn el Fisco, en aras dc mejorar el servicio y
lircilitar cl cumplirnionto de las obligaciones tributarias.
Qnr:. mcdiante la Ley -5 I del 27 cle octubre de 201 (r, se establccc el marco regulatoripara la
itnpletrrentacirin tlcl intcrcatnbio de infbnnación para fines fiscales y dicta otras
disposicioncs.
Quc. cl Ministerio cle Economía y Finanzas cs la autoridad competcntc para intercarnbiar
inlirnnaci«in sogún lo dispucst«r cn krs Tratados y Convcnios Tributarios Internacionales
dcbidamontc ratificados por la República cle Panamá y en plena vigencia:
Que, rnecliante la Resoluci(rn No. MEF-RES-201 8-1072 de 30 de abril de 2018. se dclega en
el Director Gcncral dc lngrcsos del Ministerio de Economía y Finanzas y en el Jef'e de
lntercambio dc Infirmraci(rn de la Dirección General de Ingrest'rs. indistintamente, la tunción
rlc autoridad competente para «:l intercambio de infbrmación cn materia tributaria. En
ausencia dc uno cle los dos la firnción estará delcgada en el sub jef'e de intercarnbio de
inlirnnacit'»1.
Quc, la t.oy -52 de 27 dc octuhre de 201ó, establece la obligación de mantencr registros
contablos para cletenninadas person¿rs jurídi«;as y dicta otras disposiciones.
Qtte, lit l-cy 251dc I I ds novietnbrc de202l modifila Ley 52 dc 27 de octubre dc 2016
quo estableco la obligaciótr dc mantoner registros contables para detenninadas personas
j uríclicas.
Que, la Ley 254 clc I I de noviembre de 2021 cstablece, tanto los plazos para la entrega de
Ios rcgistros contables por parte de la persona jurídica al agente residente, así como la
tleclaracirin que dche hacor el agcnte residente a la Direccitin Gencral rle Ingrcsos.
Quc. tlichos plazos han sido extendidos a travós de la Resolución No 201-233{i clel 0l dc
abril clc 2022 y quo actualmcntc se están implementando los mccanislnos necesarios para
cjocutar tliohas obligacionos. por lo quc se hace necesario ampliar el plazo para que el agente
rositlsntc prcscnte la declaraciórr jurada antc la Dirección General de Ingresos.
Por las consiclcraciortes antes expuestas. el Director General de Ingresos, en uso de sus
fircultades legales.
RESUELVE:
PRIMER(): Quc sc moclifica kr establecido en cl artículo segundo dc la Resolución No 201-
2-138 dcl 0l dc abril de2022.. quo cita así INFORMAR a los ugenÍcs rcsiclentcs quc tlcbertin
'I
I.

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