Resolución Nº 2023-01314 de Superintendencia de Bancos, 2023

Año2023
Fecha25 Septiembre 2023
Número de resolución2023-01314
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-BAN-R-2023-01314
25 de septiembre de 2023
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, MERCANTIL BANCO, S.A. es una entidad bancaria, organizada y existente conforme la
legislación de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca al amparo de una Licencia
General otorgada por esta Superintendencia de Bancos, mediante Resolución S.B.P. No. 208-
2007 de 14 de diciembre de 2007;
Que, CAPITAL BANK, INC. es una entidad bancaria, organizada y existente conforme la
legislación de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca al amparo de una Licencia
Bancaria General otorgada por la Superintendencia de Bancos, mediante Resolución No. S.B.P.
No. 153-2007 de 9 de octubre de 2007;
Que, mediante Resolución SBP-BAN-R-2023-01195 de 10 de julio de 2023, se autorizó la fusión
por absorción de las entidades bancarias MERCANTIL BANCO, S.A. yCAPITAL BANK, INC.,de
la cual MERCANTIL BANCO, S.A. será la sociedad sobreviviente y absorberá los activos,
pasivos, y todos los derechos y obligaciones de CAPITAL BANK, INC., de conformidad con los
términos y condiciones contemplados que se detallan en la transacción propuesta;
Que, MERCANTIL BANCO, S.A. ha solicitado a esta Superintendencia autorización para
llevar a cabo el cierre de la Sucursal Zona Libre de Colón, ubicada en la provincia de Colón,
apartir del 29 de septiembre de 2023;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2, Literal I, del Artículo 16 de la Ley
Bancaria, corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el cierre de establecimientos
bancarios; y
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de MERCANTIL BANCO, S.A. no
merece objeciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO:Autorizar aMERCANTIL BANCO, S.A. para llevar a cabo el cierre de la
Sucursal Zona Libre de Colón, ubicada en la provincia de Colón.
FUNDAMENTO DE DERECHO:Artículo 58, Numeral 2yArtículo 16, Literal I, Numeral 2 de
la Ley Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los veinticinco (25)días del mes de septiembre de dos mil
veintitrés (2023).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE YCÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Amauri A. Castillo
Documentooficialfirmado con FirmaElectrónica Calificada enel Sistema de TransparenciaDocumental TRANSDOC delaSuperintendencia
deBancosde Panamá, deacuerdo con laLey 83 del 09/11/2012y el Decreto Ejecutivo Nro.275 del 11/05/2018.Utiliceel Código QR para
verificarlaautenticidad del documentoola URL:
https://sigob.superbancos.gob.pa/consulta?id=gHqgmxiZ1DwToz1jfASNb02Z36awlpKS8pK4C3%2Bg7zU%3D

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