Resolución N° 22068. Por la cual se consideran turistas a aquellas personas extranjeras que ingresen ocasionalmente en el territorio nacional sin ánimo de establecer su residencia en este ni de abandonar su residencia de origen mientras se encuentren en panamá, siempre que ingresen con la finalidad exclusiva de recreo, compras, negocios, turismo médico, visita, entre otros fines análogos; y, así mismo, cuenten con recursos económicos propios y adecuados para mantenerse mientras dure su permanencia y que cumplan con la salida del territorio panameño, al expirar el periodo autorizado.

Fecha de publicación03 Septiembre 2021
Fecha01 Septiembre 2021
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29368-A Gaceta Oficial Digital, viernes 03 de septiembre de 2021 1

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