Resolución N° 240-2023. Por la ·cual se aprueba la corrección del mosaico 5-f del documento gráfico de zonificación para la ciudad de panamá, aprobado mediante la resolución no. 204-2003 del 30 de septiembre 2003.

Fecha de publicación17 Abril 2023
Fecha04 Abril 2023
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
No. 29762 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de abril de 2023 1
. . REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
.MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
VICE:MINISTERIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
EL MINISTRO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL,
EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
C O N S 1 D E R A N D
O:
Que de acuerdo a
la
Ley 6 de 1 de febrero de 2006, que reglamenta
el
ordenamiento territorial
para
el
desarrollo urbano y dicta otras disposiciones, establece que
el
Ministerio de Vivienda y
Ordenamiento Territorial, es
la
máxima autoridad urbanística nacional;
Que
la
Ley
61
de 23 de octubre de 2009, que reorganiza
el
Ministerio de Vivienda, hoy
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, está facultado para formular y ejecutar
la
política· nacional de ordenamiento
territorial
·
para
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eldesarrollo
urbano, en coordinación con las
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ejecutar los planes de
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Zonificación para
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ciudad
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de Servicios Múltiples
Prácticos del Canal de
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(CÓOPR~er
como socied.ad propietaria de la parcela
CL02-79 adquirida ante
la'--J..Jnidad
Adt'l'.11histrativa
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-Bienes Revertidos (UABR)
correspondiente
al
folio real 30272081;
cQ.digo
dé·
1
'ubicación 8720, sustentando su solicitud que
en
la
Ley
21
de
·2
de julio de 1997, se -Indica-que
el
uso de suelo o código de zona es
Residencial y que cualquier reglamentación posterior debe ser acorde y no contraria a
la
Ley
Especial, y a su vez se adjuntó cori
la
solicitud copia de
la
Escritura No.12 de 5 de julio de
2018; de
la
Notaría Especial del Circuito de Panamá;
Que luego de haberse revisado
la
documentación que reposa
en
el expediente y realizado
el
análisis correspondiente a las normativas antes citadas, se pudo observar que, en efecto, se
cometió
un
error en
el
código de zona o uso de suelo asignado a
la
Parcela CL02-79,
específicamente en
el
Mosaico 5-F del Documento Gráfico de Zonificación, incurriendo este
error, en una incongruencia y contrariedad entre ambas normativas, por
lo
que basándonos en
el
principio de jerarquía, donde se establece que
si
dos normas de diferente jerarquía se
contradicen, se debe aplicar
la
de mayor jerarquía;
Que mediante Informe Técnico
No.
09 de 2023, luego del análisis técnico, viendo que se
incurrió en
un
error y que existe una norma especial que por
el
principio de jerarquía
predomina, se considera técnicamente viable
la
corrección del Mosaico 5-F del Documento
Gráfico de Zonificación, que consiste en corregir
el
uso de suelo
SIU1
(Servicio Institucional
Urbano-Baja Intensidad), por
el
uso de suelo o código de zona correcto
R1
D3 (Residencial de
Baja Densidad -Alta Intensidad), para
la
Parcela CL02-79 correspondiente
al
folio real
30272081, código de ubicación 8720, ubicado en
el
corregimiento de Ancón, distrito y provincia
de Panamá;

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