Resolución N° 243. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de norma alexi hernández posadas.

Fecha de publicación19 Diciembre 2023
Fecha15 Septiembre 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29933-B Gaceta Oficial Digital, martes 19 de diciembre de 2023 1
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ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Resolución No.
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PANAMÁ, _
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de
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
de
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Que NORMA ALEXI HERNÁNDEZ POSADAS, natural de HONDURAS, mediante
apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Seguridad
Pública, que
se
le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que
establece
el
Ordinal No. 2 del Artículo
10
de
la Constitución Política y Decreto Ley 3
de
22
de
febrero de 2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a)
Certificación expedida por
el
Servicio Nacional de Migración, donde consta que la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 1247
del 20
de
Enero de 2015.
b)
Certificación expedida por la Dirección
·de
Investigación Judicial, donde consta que la
peticionaria
no
registra antecedentes penales.
c)
Copia autenticada
de
Carné
de
Residente Permanente No. E-8-130589, expedida por el
Director Regional de Cedulación
de
Panamá Centro, a nombre de la peticionaria.
d)
Certificado de Matrimonio expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil,
inscrito en el Acta PE-14-2345, de los libros
de
Matrimonio en
el
Exterior, donde se
comprueba el vínculo existente entre
el
Panameño Roy Antonio Johnson Carter, y la
peticionaria.
e)
Certificado
de
Nacimiento expedido por la Dirección Nacional
de
Registro Civil,
inscrito en
el
Tomo 316, Partida 159, de los libros de Nacimiento de la Provincia de
Panamá, donde se comprueba la nacionalidad Panameña del conyugue de la
peticionaria.
f)
Certificado
de
Buena Salud, expedido por
el
Dr. David
E.
Barahona
G.
g)
Certificación de Paz y Salvo expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple con sus obligaciones fiscales.
h) Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de la peticionaria, donde
se
acredita la nacionalidad.
i)
Copia de la Resolución No.
361
del 02 de Diciembre de 2020, expedida por el Tribunal
Electoral.
j) Informe rendido por la Directora General del Servicio Nacional de Migración, donde
indica que la peticionaria cumple con
lo
preceptuado en el Decreto Ley 3 de 22 de
febrero
de
2008.

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