Resolución N° 25-2023. Por la cual se ordena el cierre de las oficinas de la defensoría del pueblo en todo el territorio nacional, el jueves 06 de abril y viernes 07 de abril de 2023, durante todo el día, por motivo de la celebración de semana santa.

Fecha de publicación03 Abril 2023
Fecha29 Marzo 2023
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO
No. 29753-A Gaceta Oficial Digital, lunes 03 de abril de 2023 1
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REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
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2023, durante todo el día,
por
motivo de
la
celebración
de
semana santa.
El. suscrito DEFENSOR DEL PUEBLO
DE
LA REPÚBLICA DE PANAMÁ,
EDUARDO LEBLANC GONZÁLEZ, en uso de sus facultades constitucionales
y legales:
CONSIDERANDO:
La
Constitución Política de
la
República de Panamá, establece en su artículo
129, que la Defensoría del Pueblo velará por
la
protección de los derechos y
las garantías fundamentales consagradas en
la
Constitución, así como los
previstos
en
los convenios internacionales de derechos humanos y
la
Ley.
Mediante Ley
No.
7 de 5 de febrero de 1997, modificada por las Leyes
No.
41
de
de diciembre de 2005 y No.
55
de 2 de octubre de 2009, se crea
la
Defensoría del Pueblo, como una institución independiente, que actuará con
plena autonomía funcional, administrativa y financiera sin recibir instruceión de
ninguna autoridad, órgano del Estado o persona.
El
mismo texto legal estipula que,
el
titular de
la
Defensoría del Pueblo es
el
Defensor del Pueblo, quien tiene
la
dirección y responsabilidad de
la
misma.
La
religión católica es reconocida por la Constitución Política de
la
República
de Panamá, como la que profesa la mayoría de los panameños.
El
pueblo panameño revive durante
la
Semana Santa, el hecho histórico de la
Pasión, Crucifixión, Muerte y Resurrección de. nuestro Señor Jesucristo y
participa con devoción en
la
rememoración de este acontecimiento histórico.
Es costumbre del Gobierno Nacional facilitar las condiciones para que
el
pueblo panameño y en particular los servidores públicos, tengan la oportunidad
de participar y recordar los sucesos religiosos propios de
la
fecha.
En
virtud de lo expuesto, el suscrito Defensor del Pueblo, en ejercicio de las
atribuciones que
la
Constitución Política y
la
Ley le confieren.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar
el
cierre de las Oficinas de la Defensoría del
Pueblo
en
todo el territorio nacional,
el
día jueves
06
de abril y viernes 07 de
abril de 2023, con motivo de la Semana Santa.
ARTÍCULO SEGUNDO: Suspender durante los días arriba citados, los
términos en los procedimientos administrativos que adelanta ésta entidad, a
según
lo
establecido en el Título V de
la
Ley
38
de
31
de julio de 2000.
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