Resolución Nº 260 de Superintendencia de Bancos, 2019

Año2019
Fecha30 Diciembre 2019
Número de resolución260
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
RESOLUCIÓN SBP-0260-2019
(de 30 de diciembre de 2019)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., es una sociedad constituida y
organizada de conformidad con las Leyes de la República de Panamá, autorizada para
ejercer el negocio de banca en o desde la República de Panamá al amparo de la Licencia
Bancaria General, otorgada por esta Superintendencia mediante Resolución SBP-0174-
2017 de 14 de septiembre de 2017;
Que, GTC BANK INC., es una sociedad organizada de conformidad con las leyes de la
República de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca desde la República de
Panamá al amparo de la Licencia Bancaria Internacional otorgada por la Superintendencia
de Bancos mediante Resolución SBP No. 31-2001 de 22 de junio de 2001;
Que, mediante Resolución SBP-0147-2019 de 21 de agosto de 2019, esta Superintendencia
autorizó la fusión por absorción de las entidades bancarias GTC BANK INC., y BANCO
G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., de la cual GTC BANK INC., es la sociedad
sobreviviente, de conformidad con los términos y condiciones contemplados en la
transacción propuesta;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22 del Acuerdo No. 1-2004 de 29 de
diciembre de 2004, concedida la autorización de la fusión por parte de la Superintendencia
de Bancos, se deberán completar todos los actos conducentes a la fusión desde el punto de
vista jurídico, administrativo y operativo, en un plazo no mayor de seis (6) meses,
prorrogable a solicitud de la parte interesada debidamente sustentada, a partir de la fecha
de la notificación de la Resolución de autorización de fusión;
Que, GTC BANK INC., ha comunicado a esta Superintendencia la culminación de su
proceso de fusión y, en consecuencia procede la cancelación de la Licencia Bancaria
General otorgada a favor de BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A.;
Que, esta Superintendencia ha verificado la culminación del proceso de fusión de GTC
BANK INC., y BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., en cumplimiento de las
disposiciones de la Ley Bancaria y el Acuerdo No. 1-2004 de 29 de diciembre de 2004, por
lo que la cancelación de la Licencia Bancaria General de BANCO G&T CONTINENTAL
(PANAMÁ), S.A. no merece objeciones;
Que, mediante Resolución SBP-JD-0124-2019 del diecisiete (17) de diciembre de dos mil
diecinueve (2019), se designó al licenciado ROGELIO A. ARROCHA P., como
Superintendente Interino, del veintiséis (26) al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil
diecinueve (2019), o hasta que se reintegre a sus funciones el Superintendente titular;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16, literal I, numeral 5, corresponde al
Superintendente ordenar la cancelación de la Licencia Bancaria respectiva.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR sin efecto la Resolución SBP-0174-2017 de 14 de
septiembre de 2017, por medio de la cual se otorgó Licencia Bancaria General a favor de
BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., y CANCÉLESE dicha Licencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar al Registro Público anotar la marginal de cancelación de
la Licencia Bancaria General de BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A., sociedad
anónima inscrita en el Registro Público de Panamá a Folio Mercantil No. 589997, a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto el Artículo 44 de la Ley Bancaria.

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