Resolución Nº 263 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 31-05-2011

Fecha31 Mayo 2011
Número de resolución263
EmisorSuperintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá)
REPUBLICA DE PANAMA
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
Resolucion No c'l03 de 3\ de fhrr?O de2011.
El Superintendente de Seguros y Reaseguros,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO QUE:
El Memorando MS-CONSTITUCION-176-1 1 de 19 de mayo de 2011, elaborado por el
Departamento de Auditoria y Fiscalizaci6n de la Superintendencia de Seguros y
Reaseguros informa que en la revision del Margen de Solvencia y Liquidez Minima
Requerida correspondiente al primer trimestre de 2011, fue necesario que el auditor
realizase ajustes a los rubros presentados en el informe, producto de los cuares
SEGUROS CONSTITUCION, S.A. refleja para dicho periodo insuficiencia de liquioez.
Asimismo, el informe de Margen de Solvencia y Liquidez Minima Requerida del ultimo
trimestre del periodo 2010 fue objeto de modificaciones por parte del Departamento de
Auditoria, que revelaron insuficiencia de liquidez de la aseguradora, tal y como le fue
comunicado a trav6s de la nota DSR-0126 de 21 de febrero de 2011.
Consecuentemente, el 24 de febrero de 2011 , esta Superintendencia cit6 y llev6 a cabo
reuni6n con el gerente de SEGUROS CONSTITUCION, S.A. con el prop6sito de
advertir la necesidad de subsanar la deficiencia de liquidez reflejada para el riltimo
trimestre de 2010, obteniendo un compromiso por parte de 6ste de regularizar la
liquidez para el siguiente periodo.
El resultado de la revisi6n de margen de solvencia y liquidez minima requerida de los
ultimos dos trimestres de SEGUROS CONSTITUCI6N, S.A. ha sido el siguiente:
DICIEMBRE 201O
Llquidez Minima
Requerida
Liquidez Actual
Insuficiencia Liquidez
1.215.672
968.305
MARZO 201 1
1.345.118
1.056.865
-247.367 -288.253
Frente a lo expuesto, se evidencia que la deficiencia en uno de los rubros que mide el
informe de Solvencia, no fue subsanada por la empresa aseguradora, lo cual conforme
al articulo 115 de la Ley 59 de 1996 amerita la imposici6n de sancion pecuniaria.
Adem6s, tambi6n se constata que los informes han requerido reiteradamente ajustes
por parte del Departamento de Auditoria, por incurrir la regulada en errores en la
aplicaci6n de la f6rmula.
En consecuencia, se impondr6 multa por la
advertir a la regulada que cumplir con
correspondiente al Margen de Solvencia
rendici6n correcta del mismo, atendiendo
No576-A de 1996.
insuficiencia de liquidez y se proceder6 a
la presentaci6n del informe trimestral
y Liquidez Minima Requerida implica la
la f6rmula establecida por la Resoluci6n

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