Resolución N° 2718-2023-DNMySC. Por la cual se aprueba el "manual de procedimientos para la contratación por mérito a través del programa de fomento a la innovación en el aprendizaje de ciencias, según convocatoria" en la secretaría nacional de ciencia, tecnología e innovación (senacyt).

Fecha de publicación14 Marzo 2024
Fecha15 Septiembre 2023
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
No. 29989-A Gaceta Oficial Digital, jueves 14 de marzo de 2024 1
RESOLUCIÓN NÚMERO 2718-2023-DNMySC
(de
15
de septiembre de 2023)
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USO
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Por la cual se aprueba el "Manual de Procedimientos para la Contratación por Mérito a Través del
Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según Convocatoria" en la
Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT).
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
En uso de sus facultades constitucionales y legales
CONSIDERANDO QUE:
El numeral 2 del Artículo 280 de la Constitución Política de la República de Panamá le otorga a la
Contraloría General de la República, la función de "Fiscalizar y regular, mediante el control previo o
posterior, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con
corrección, según lo establecido en la Ley". Dicha función está desarrollada en la Ley 32 de 8 de
noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República,
modificada y adicionada por la Ley 351 de 22 de diciembre de 2022, a través de sus diferentes
artículos.
El Artículo 36 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, dispone que la Contraloría General de la República, dictará
reglamentos que contengan pautas que sirvan de base a la actuación de las personas que manejen
fondos o bienes públicos, sujetándose a lo que establezcan las normas legales pertinentes.
El Artículo 46 de la Ley 38 de
31
de julio de 2000, establece que los decretos, resoluciones y demás
actos administrativos reglamentarios o aquellos que contengan normas de efecto general, solo serán
aplicables desde su promulgación en la Gaceta Oficial, salvo que el instrumento respectivo establezca
su
vigencia para una fecha posterior.
De acuerdo con
el
Decreto Número 60-2018-DNMySC de
19
de octubre de 2018, le corresponde a
la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad, a través del Departamento de
Regulación de Fondos y Bienes Públicos, analizar, diseñar e implementar a nivel del sector público,
manuales de procedimientos, guías e instructivos, orientados a asegurar la regulación, fiscalización y
control de la gestión pública de acuerdo a los preceptos constitucionales, legales y principios
administrativos de aceptación general.
En cumplimiento de
lo
establecido en el Artículo 87 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado
por la Ley
153
de 2020, mediante Resolución de Gabinete
12
de 2 de febrero de 2007,
el
Consejo de
Gabinete autoriza a la Senacyt a acogerse a la figura de Contrataciones por Mérito.
Con fundamento en el Artículo 3 de la Resolución Administrativa No.
191
de
31
de julio 2017, que
aprueba en todas sus partes el Reglamento de Contratación por Mérito de la
SE~ACYT,
se incorpora
como Anexo 3 de la misma, la descripción el Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje
de Ciencias.
Mediante Nota N-SNAC-ODI-2022-456 de
11
de abril de 2022, la Secretaría Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación (SENACYT), solicitó la revisión del Programa de Jóvenes Científicos, con
el objetivo de contar con manuales de procedimientos para la regulación de los fondos públicos de
los programas gestionados por la SENACYT.
El "Manual de Procedimientos para la Contratación por Mérito a Través del Programa de Fomento a
la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según Convocatoria" en la Secretaría Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), fue revisado, consultado y discutido por los
responsables de cada una de las unidades administrativas involucradas en el proceso y cumple con
los requisitos legales para su aprobación.
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No. 29989-A Gaceta Oficial Digital, jueves 14 de marzo de 2024 2
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RESUELVE:
PRIMERO: Aprobar el "Manual de Procedimientos para la Contratación por Mérito a Través del
Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según Convocatoria" en la
Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT).
SEGUNDO: Este documento aplica para todas las unidades administrativas y el personal involucrado
en el Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según convocatoria en la
Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT).
TERCERO: Esta resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá; Ley 32 de 8 de
noviembre de 1984, modificada y adicionada por la Ley
351
de 2022; Ley 38 de
31
de julio de 2000;
Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley
153
de 2020; Decreto Número 60-2018-
DNMySC de
19
de octubre de 2018, y la Resolución Administrativa
No.191de31
de julio de 2017.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Contraloría
General
de
la
República
Dirección
Superior
COPIA
AUTENTICAD.~
DE
SU
ORI
INA.L
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República de Panamá
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad
SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN POR MÉRITO A TRAVÉS
DEL PROGRAMA DE FOMENTO A LA INNOVACIÓN EN EL APRENDIZAJE DE
CIENCIAS, SEGÚN CONVOCATORIA
(2023-1.32-036)
Septiembre de 2023
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIRECCIÓN SUPERIOR
GERARDO SOLÍS
Contralor General
DAGOBERTO CORTEZ CASTRO
Subcontralor General
ZENIA VÁSQUEZ DE PALACIOS
Secretaria General
DIRECCIÓN NACIONAL DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD
FELIPE ALMANZA
Director
SERVIO O. MENDOZA
Subdirector
DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS
JOSÉ A. CASTILLO
Jefe
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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA
KATHIA ROJAS DE ROMÁN
Directora
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN GENERAL
MARINO J. PALACIOS C.
Director
DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA GENERAL
ALCIDES SEGOVIA POLO
Director
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SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
(SENACYT)
EDUARDO ORTEGA-BARRÍA
Secretario Nacional
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EQUIPO TÉCNICO
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD
VALERIE C. GONZÁLEZ A.
Asistente Ejecutiva
DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS
JOSÉ A. CASTILLO
Jefe
SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
(SENACYT)
OFICINA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
IRMA OCAÑA
Jefe
CLARISSA PRADO
Analista
DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN EN EL APRENDIZAJE DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA
MARÍA HELLER
Directora
KATHIA PITTÍ
Subdirectora
GLORIA GARCÍA
Coordinadora de Planes y Programas
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ROBERTO MENDIETA CASATTI
Director
OFICINA DE ASESORÍA LEGAL
SOFÍA HARRIS
Jefa
LYNN MARIE CHAMBONNET
Abogada
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ÍNDICE
INTRODUCCCIÓN
I.
GENERALIDADES
A. Objetivo del Documento
B. Base legal
C. Ámbito de Aplicación
D. Consideraciones Previas
II.
MEDIDAS DE CONTROL
A. Generales
B. Específicas
III.
PROCEDIMIENTOS
A. Procedimiento para el Lanzamiento de la Convocatoria
Mapa del Proceso
B. Procedimiento para la Recepción de Propuestas
Mapa del Proceso
C. Procedimiento para la Selección de Propuestas
Mapa del Proceso
D. Procedimiento para la Adjudicación al Beneficiario
Mapa del Proceso
E. Procedimiento de Contratación por Mérito para el Programa de Fomento
a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias
Mapa del Proceso
F. Procedimiento para el Primer Pago al Beneficiario a través del Programa
de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias
Mapa del Proceso
G. Procedimiento para el Pago por Etapas de la Contratación por Mérito a
través del Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de
Ciencias
Mapa del Proceso
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ANEXOS
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INTRODUCCIÓN
La Contraloría General de la República, a través del Departamento de Regulación de Fondos y
Bienes Públicos de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad, en coordinación
con la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), en uso de las
atribuciones conferidas por la ley, han desarrollado el documento denominado “MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN POR MÉRITO A TRÁVES DEL
PROGRAMA DE FOMENTO A LA INNOVACIÓN EN EL APRENDIZAJE DE CIENCIAS,
SEGÚN CONVOCATORIA”.
El presente documento está compuesto por tres capítulos, que se describen de la siguiente forma:
Capítulo I, las Generalidades: Objetivo del Documento, Base Legal, Ámbito de Aplicación y
Consideraciones Previas; Capítulo II, se establecen las Medidas de Control; Capítulo III, expone
y desarrolla los Procedimientos con sus respectivos Mapas del Proceso y, por último, presenta los
Anexos.
No obstante, el permanente cambio en el quehacer gubernamental, obliga a que los diferentes
entes tengan la responsabilidad de mantenerse en constantes ajustes, con base en las normas y
procedimientos que regulan la Gestión Gubernamental; por consiguiente, valoramos el interés de
los usuarios, en presentar a la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la
Contraloría General de la República, recomendaciones, que luego de ser debidamente analizadas
y aprobadas, conlleven a modificaciones que lo fortalezcan.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad
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I. GENERALIDADES
A. Objetivo del Documento
Establecer regulaciones específicas para la Contratación por Mérito a través del Programa
de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según convocatoria, en la
Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en adelante la SENACYT.
B. Base Legal
2. Ley Número 8 de 27 de enero de 1956, “Por la cual se aprueba el Código Fiscal de la
República”. Publicada en la Gaceta Oficial N°12995 de 29 de junio de 1956 y sus
modificaciones.
3. Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, modificada y adicionada por la Ley 351 de 22 de
diciembre de 2022. Publicadas en Gaceta Oficial N° 20,188 de 20 de noviembre de
1984 y Gaceta Oficial Digital 29687-C de 22 de diciembre de 2022,
respectivamente.
4. Ley No. 13 de 15 de abril de 1997, “Por la cual se establecen los Lineamientos e
Instrumentos para el Desarrollo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación”,
publicada en Gaceta Oficial No. 23269 de 18 de abril de 1997.
5. Ley N°38 de 31 de julio de 2000, “Que aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría
de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta
disposiciones especiales”. Publicada en la Gaceta Oficial N°24,109 de 2 de agosto de
2000.
6. Ley N°6 de 22 de enero de 2002, “Que dicta normas para la transparencia en la gestión
pública, establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones”. Publicada en
la Gaceta Oficial N°24476 del 23 de enero de 2002.
7. Ley No. 50 de 21 de diciembre 2005, “Que modifica la ley 13 de 1997, que establece
los lineamientos e instrumentos para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la
innovación, crea la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como
institución autónoma y dicta otra disposición”, publicada en la Gaceta Oficial No.
25451 de 23 de diciembre de 2005.
8. Ley No. 55 de 14 de diciembre 2007, “Que modifica la Ley 1 de 1965, sobre el Instituto
para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos, la Ley 51 de 1975,
sobre el Instituto de Investigación Agropecuaria, y la Ley 13 de 1997, sobre la
Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”, publicada en la Gaceta
Oficial No. 25943 de 19 de diciembre de 2007.
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2
9. Ley No. 153 de 8 de mayo de 2020, “Que reforma la Ley 22 de 2006, que regula la
contratación pública, y dicta otras disposiciones”, publicada en la Gaceta Oficial
Digital No. 29020-A de 8 de mayo de 2020.
10. TEXTO UNICO de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación
pública, ordenado por la Ley 153 de 2020. Publicado en la Gaceta Oficial Digital
No.29107-A de 7 de septiembre de 2020.
11. Decreto Ejecutivo No. 168 de 20 julio de 2005, “Por el cual se reglamenta la
Administración del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, la Tecnología y
la Innovación, publicado en la Gaceta Oficial No. 25349 de 25 de julio de 2005.
12. Decreto Ejecutivo No. 34 de 24 de agosto de 2022, Que modifica el Decreto Ejecutivo
No.439 de 10 de septiembre de 2020, “Que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula
la contratación pública”. Publicado en la Gaceta Oficial Digital No.29607-A de 25 de
agosto de 2022.
13. Resolución de Gabinete No.12 de 2 de febrero de 2007, “Que autoriza a la Secretaría
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación a acogerse a la figura jurídica de
contratación por mérito, publicada en la Gaceta Oficial No. 25726 de 6 de febrero de
2007.
14. Decreto Nº 234 de 22 de diciembre de 1997, “Por el cual se adoptan las Normas de
Contabilidad Gubernamental”. Publicado en la Gaceta Oficial N°23,451 de 2 de enero
de 1998.
15. Decreto N° 214-DGA de 8 de octubre de 1999, “Por el cual se emiten las Normas de
Control Interno Gubernamental para la República de Panamá”. Publicado en la Gaceta
Oficial N°23, 916 de 26 de octubre de 1999, N°23, 946 de 14 de diciembre de 1999 y
N°24, 380 de 4 de septiembre de 2001.
16. Decreto Núm.220-2014-DMySC de 25 de julio de 2014, “Por el cual se adoptan las
Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en la República de
Panamá”. Publicado en la Gaceta Oficial Digital No.27646 de 20 de octubre de 2014.
17. Decreto Núm.01-2017-DNMySC de 3 de enero de 2017, “Por el cual se aprueba el
Manual General de Contabilidad Gubernamental basado en las Normas
Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) - Versión II.”. Publicado
en la Gaceta Oficial Digital No.28198-A de 17 de enero de 2017.
18. Decreto Número 60-2018-DNMySC de 19 de octubre de 2018, “Por el cual se
actualiza la Estructura Organizativa de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas
de Contabilidad de la Contraloría General de la República y se aprueba el Manual de
Organización y Funciones de esa Dirección”. Publicado en la Gaceta Oficial Digital
No.28652-A de 12 de noviembre de 2018.
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19. Normas Generales de Administración Presupuestaria, vigente. Por el cual se dicta el
Presupuesto General del Estado, vigentes.
20. Resolución 002 de 25 de enero de 2008, “Por medio de la cual se adopta el Reglamento
Interno para las contrataciones por mérito para adjudicar inversiones en proyectos,
becas y afines en ciencias, tecnología e innovación. Publicada en la Gaceta Oficial
Digital No. 26001 de 18 de marzo de 2008.
21. Resolución Administrativa No. 056 de 22 de marzo de 2010, “Por la cual se aprueba
las modificaciones al Reglamento Interno, para las contrataciones por mérito, que
desarrolla SENACYT, para adjudicar inversiones, subsidios y/o becas para proyectos,
programas y/o actividades, publicada en la Gaceta Oficial No. 26503 de 1 de abril de
2010.
22. Resolución Administrativa No. 43 de 27 de agosto de 2013, “Por la cual se aprueba el
Manual de procedimiento en caso de incumplimiento de las obligaciones y
prohibiciones dimanantes del Reglamento de Contrataciones por Mérito de la
Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), publicada en
la Gaceta Oficial No. 27379 de 23 de septiembre de 2013 y sus modificaciones.
23. Resolución Administrativa No. 62 de 10 de septiembre de 2014, Delega en los
Directores y/o Coordinadores de Proyectos de SENACYT, las funciones relacionadas
con las convocatorias públicas de los programas desarrollados por SENACYT,
publicada en la Gaceta Oficial No. 27621 de 15 de septiembre de 2014.
24. Resolución Administrativa No. 191 de 31 de julio de 2017, Aprueba en todas sus
partes el Reglamento de Contratación por Mérito de la SENACYT”, publicada en la
Gaceta Oficial No. 28344-A de 16 de agosto de 2017.
C. Ámbito de Aplicación
Aplica para todas las unidades administrativas y el personal involucrado en el Programa de
Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según convocatoria en la
SENACYT.
D. Consideraciones Previas
La SENACYT es un organismo autónomo con personería jurídica y patrimonio propio,
sujeto a la orientación y política general del Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio
de la Presidencia.
Dentro de sus principales funciones están:
1. Apoyar financieramente los programas de educación formal e informal
en el sector de ciencia, en cualquiera de sus niveles y modalidades, para
desarrollar, establecer o evaluar metodologías, material educativo y
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procesos innovadores para la enseñanza y aprendizaje de las ciencias
básicas o aplicadas, así como cualquiera otra iniciativa dirigida a mejorar
la educación de ciencias.
2. Financiar cualquiera otra actividad que fortalezca el desempeño nacional
en las áreas de ciencia, tecnología e innovación.
3. Crear los procedimientos administrativos pertinentes para desarrollar los
actos de selección de beneficiarios de financiamiento y lograr, de esta
manera, concretizar los programas financieros.
La contratación por mérito es el resultado de un procedimiento de convocatoria pública, con
principios básicos de obligatoria observancia, en el que se realiza una evaluación apropiada
y transparente de la calidad de una propuesta, para labores basadas en el talento de los
involucrados y en el mérito de la propuesta, como una forma de promover el desarrollo
integral del país en áreas como la ciencia, la tecnología, la innovación y la cultura.
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II. MEDIDAS DE CONTROL
A. Generales
1. El Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias está dirigido a
financiar o cofinanciar actividades que fortalezcan el ambiente de Ciencia y Tecnología,
para incentivar el interés de esta rama del conocimiento.
2. Para el lanzamiento de una convocatoria, se requiere de los siguientes documentos:
a. El Reglamento de Contratación por Mérito.
b. El anuncio de la convocatoria.
c. Las bases de la convocatoria.
d. El formulario de propuesta.
e. El formulario de evaluación de propuestas.
f. El modelo de contrato por mérito.
g. Otro formulario o modelos requeridos según el tipo de convocatoria.
3. El director de la Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la
Tecnología, aprobará el diseño del anuncio de convocatoria, el cual debe indicar:
a. La identificación de la entidad.
b. Nombre del Programa.
c. Nombre de la Convocatoria Pública.
d. Sustentación legal.
e. Definir a quién(es) va dirigida la convocatoria.
f. El objetivo de la convocatoria.
g. Las áreas temáticas y/o categorías de evaluación (debe señalarse si son categorías
de evaluación separada o indicar que se trata de una sola categoría de
evaluación).
h. El monto máximo previsto de adjudicación por propuesta, que puede diferir
según categoría, tipo, modalidad u otras características anunciadas.
i. Fecha de publicación del anuncio de la Convocatoria en la página web de la
SENACYT.
j. Plazos (día y hora de cierre) para la recepción de las propuestas.
k. Cualquier otra información que la SENACYT considere relevante.
4. Las bases de la convocatoria deben contener como mínimo la siguiente información:
a. Plazo máximo de duración del proyecto o actividad.
b. Requisitos para participar en la convocatoria.
c. Condiciones necesarias, en caso de que apliquen.
d. Cuadro de puntaje que indique los rangos de valoración del potencial de la
propuesta.
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e. Forma de entregar la propuesta (dónde y cómo entregarla, obtener información
adicional, de requerirla).
f. Cualquier otra información o condiciones especiales que considere la
SENACYT.
5. Todo participante en las convocatorias debe cumplir con las normas establecidas en el
reglamento de Contratación por Mérito y las demás normas vigentes que la regulan.
6. La SENACYT debe procurar contar con el presupuesto suficiente para adjudicar
propuestas en la convocatoria.
7. La Dirección de Administración y Finanzas, tiene la responsabilidad de velar que todo
desembolso que se realice sea registrado contable y presupuestariamente en las unidades
administrativas correspondientes.
8. La SENACYT podrá establecer convocatorias continuas y/o con categoría de evaluación
separada, para el proceso de contratación por mérito. En estos casos, la institución debe
señalar en el anuncio de la convocatoria que se trata de una convocatoria continua y/o
con categoría de evaluación separada e indicar las fechas de cierre de cada una de las
rondas.
9. El período en que permanecerá abierta cada convocatoria, no debe ser menor a sesenta
(60) días calendarios a partir de la publicación en la página web.
10. Todo beneficiario debe tener sus cuentas bancarias actualizadas con el Convenio ACH
(Dirección General de Tesorería).
11. El secretario nacional de la SENACYT debe recibir de la Dirección de Innovación en el
Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología, informes semestrales referentes a la ejecución
del Programa de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, según
convocatoria, la Junta Directiva de la SENACYT, debe recibir informes anuales sobre
el comportamiento de dicho Programa, para efecto de la Contraloría General de la
República, esta recibirá informe cuando así lo solicite.
12. El titular de la institución será responsable del establecimiento, desarrollo, revisión y
actualización de una adecuada estructura de control interno. La aplicación de los
métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control
interno, también será responsabilidad de cada uno de los servidores públicos según sus
funciones.
13. Corresponde a las unidades de Auditoría Interna, la revisión y evaluación de la estructura
del control interno en los términos de las presentes Normas, sin perjuicio de las
atribuciones que la Constitución y la Ley le confieren a la Contraloría General de la
República, en esta materia.
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B. Específicas
1. Del Proponente:
1.1. Todo proponente, ya sea persona natural o jurídica que sea nacional o extranjera
inscrita en el Registro Público de Panamá, que pueda actuar de forma individual o
afiliada a entidades públicas, instituciones académicas públicas o privadas, empresas
privadas, organizaciones no gubernamentales, centros de investigación público o
privado y demás entidades con o sin fines de lucro, deberá tener la capacidad legal
requerida por las leyes de la República de Panamá y la capacidad financiera, cuando
aplique, para participar en las convocatorias, así como cumplir con los requisitos
exigidos por la SENACYT.
1.2. Todo proponente, ya sea persona natural o jurídica que sea nacional o extranjera,
debe estar paz y salvo en las obligaciones que mantenga con la SENACYT, para
participar en las convocatorias.
1.3. Es responsabilidad del proponente y no de la SENACYT, asegurarse que la propuesta
entregada, se encuentre completa, cumpliendo con los requisitos solicitados y haya
sido entregada dentro del (los) plazo(s) previsto(s) requerido(s).
1.4. Deberá presentar plan de trabajo con las adecuaciones recomendadas por el Comité
Externo de Evaluación por Pares (Miembros del Foro), en un plazo no mayor de 40
días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de resultados.
2. Del coordinador de la Convocatoria
2.1. Es responsable de la elaboración y redacción de los documentos que conlleva la
convocatoria y que los mismos cumplan con los parámetros establecidos en el
Reglamento de Contrataciones por Mérito, de Fomento a la Innovación en el
Aprendizaje de Ciencias y la SENACYT.
2.2. Recibir propuestas, colocar fecha y hora de recepción de estas, su código
correspondiente y comunicarlo al proponente.
2.3. Verificar que las propuestas cumplan con los requisitos establecidos por la
convocatoria, elaborar el Acta de Recepción de Propuestas (Anexo Núm.3) de la
convocatoria y coordinar la publicación en la página web de la SENACYT.
2.4. Circular el Paz y Salvo (Anexo Núm.14) de la SENACYT, entre las diferentes
Direcciones para verificar que no tenga obligaciones pendientes por cumplir.
Concluido el trámite de recorrido, verifica que contenga las firmas
correspondientes y archiva en el expediente de la convocatoria.
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2.5. Elaborar el borrador de la Resolución que designa a los miembros de Comité
Externo de Evaluación por Pares.
2.6. Comunicar por escrito al proponente no seleccionado, las razones por las cuales
no ha cumplido con los requisitos solicitados por la convocatoria.
2.7. Comunicar a los beneficiarios, las recomendaciones del Comité Externo de
Evaluación por Pares para que realice la adecuación del plan de trabajo.
2.8. Verificar el cumplimiento de las adecuaciones del plan de trabajo y que las
mismas sean entregadas en un plazo no mayor a 40 días hábiles, contados a partir
de la publicación de la Lista de Resultados (Anexo Núm.7).
2.9. Velar que el Comité Externo de Evaluación por Pares complete el Acta del Foro
de Evaluación (Anexo Núm.6) y lista priorizada.
2.10. Coordinar la publicación de la Lista de Resultados (Anexo Núm.7) en la página
web de la SENACYT.
2.11. Elaborar el borrador de la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8).
2.12. Coordinar y verificar que la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) esté
publicada en la página web de la SENACYT por el término de cinco (5) días
hábiles.
2.13. Elaborar el borrador del contrato por mérito, una vez ejecutoriada la Resolución
de Adjudicación (Anexo Núm.8).
2.14. Realizar visitas de supervisión y reuniones de seguimiento, de acuerdo con la
naturaleza del proyecto beneficiado, para verificar el cumplimiento de la
ejecución de este.
2.15. Revisar el informe técnico y financiero del proyecto.
2.16. Solicitar al culminar el proyecto la devolución de los montos no utilizados por el
beneficiario, comunicar y enviar al Departamento de Tesorería el comprobante
del depósito realizado para su verificación.
2.17. Al momento del cierre del proyecto debe monitorear el cumplimiento de la
documentación requerida al vencimiento del contrato.
2.18. Elaborar nota de culminación de proyecto firmada por la Dirección, que debe ser
entregada al beneficiario y adjuntar copia al expediente para cierre del proyecto.
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9
3. Del director:
3.1. Aprobar que el plan de trabajo de los proponentes seleccionados esté de acuerdo
con las recomendaciones realizadas por el Comité Externo de Evaluación por Pares
(Miembros del Foro).
3.2. Valida la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) con base al contenido
correcto de esta, a través del sistema informático vigente.
3.3. Aprobar los informes en cumplimiento de la ejecución técnica y financiera de los
proyectos, mediante firma.
3.4. Firmar el Paz y Salvo (Anexo Núm.14) de los proponentes.
3.5. Aprobar la modalidad del Foro de Evaluación (presencial o virtual) y establecer la
fecha en que se llevará a cabo el mismo.
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III. PROCEDIMIENTOS
A. Procedimiento para el Lanzamiento de la Convocatoria
1. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Elabora el anuncio, bases de la convocatoria según su categoría, Formulario de Propuesta
(Anexo Núm.1) y Formulario de Evaluación de Propuesta (Anexo Núm.2), y remite toda la
documentación al director.
2. Director de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Recibe el anuncio, bases de la convocatoria según su categoría, Formulario de Propuesta
(Anexo Núm.1) y Formulario de Evaluación de Propuesta (Anexo Núm.2), revisa toda la
documentación, de estar todo correcto, coloca sus iniciales en cada uno de los documentos
y devuelve el Formulario de Propuesta (Anexo Núm.1) y Formulario de Evaluación de
Propuesta (Anexo Núm.2) para su archivo en el expediente al coordinador de la
convocatoria.
Remite a través del sistema informático vigente, el anuncio y bases de la convocatoria a la
Oficina de Relaciones Públicas.
3. Oficina de Relaciones Públicas
Recibe a través del sistema informático vigente el anuncio y bases de la convocatoria según
su categoría. Procede con la confección del afiche de la convocatoria. Remite a través del
correo electrónico toda la documentación al coordinador.
4. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe a través del correo electrónico el anuncio, bases y afiche de la convocatoria según
su categoría, revisa que cumpla con lo solicitado.
Remite a través del sistema informático vigente el anuncio, las bases, afiche de la
convocatoria según su categoría, Formulario de Propuesta (Anexo Núm.1), Formulario de
Evaluación de Propuesta (Anexo Núm.2), la Unidad de Informática y archiva los originales
en el expediente de la convocatoria.
5. Unidad de Informática
Recibe a través del sistema informático vigente, el anuncio, bases, afiche de la convocatoria
según su categoría, Formulario de Propuesta (Anexo Núm.1), Formulario de Evaluación de
Propuesta (Anexo Núm.2), accede a la página web de la SENACYT, en el espacio
correspondiente para la convocatoria, procede con la publicación en la página web y en los
tableros de información de la SENACYT.
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Mapa del Proceso
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B. Procedimiento para la Recepción de Propuestas
1. Proponente
Envía a través del sistema informático vigente, el Formulario de Propuesta (Anexo Núm.1),
según los lineamientos descritos en la convocatoria publicada en la página web de la
SENACYT al coordinador de la convocatoria.
2. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe a través del sistema informático vigente, el Formulario de Propuesta (Anexo
Núm.1). Comunica al proponente su código de Propuesta a través de correo electrónico o
sistema informático vigente. Elabora el Acta de Recepción de Propuestas (Anexo Núm.3)
de la convocatoria, debidamente incluida la lista de propuestas recibidas, sella y firma.
Remite a través del sistema informático vigente el Acta de Recepción de Propuestas (Anexo
Núm.3) de la convocatoria, debidamente incluida la lista de propuestas recibidas, a la
Unidad de Informática. Archiva el Formulario de Propuesta (Anexo Núm.1) y el Acta de
Recepción de Propuestas (Anexo Núm.3) de la convocatoria, debidamente incluida la lista
de propuestas recibidas, en el expediente de la convocatoria.
3. Unidad de Informática
Recibe a través del sistema informático vigente el Acta de Recepción de Propuestas (Anexo
Núm.3) de la convocatoria, debidamente incluida la lista de propuestas recibidas, accede a
la página web de la SENACYT referente a la convocatoria correspondiente, publica el Acta
de Recepción de Propuestas (Anexo Núm.3) y cambia el estado de dicha convocatoria a
“En Trámite”.
Comunica a través del correo electrónico al coordinador de la convocatoria la acción
realizada.
4. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe a través del correo electrónico que ha sido publicado en la página web de la
SENACYT, el Acta de Recepción de Propuestas (Anexo Núm.3) de la convocatoria,
debidamente incluida la lista de propuestas recibidas y el cambio del estado de la
convocatoria. Archiva en el expediente de la convocatoria.
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Verifica que las propuestas recibidas cumplan con los requisitos establecidos según la
convocatoria y completa el documento de Verificación de la Documentación de las
Propuestas (Anexo Núm.4).
Comunica a través de correo electrónico o sistema informático vigente, a los proponentes
no seleccionados las razones por las cuales no cumplieron con los requisitos solicitados.
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Mapa del Proceso
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C. Procedimiento para la Selección de Propuestas
1. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Selecciona, de acuerdo con el perfil, los profesionales que formarán parte del Comité
Externo de Evaluación por Pares (en línea). Recibe electrónicamente, imprime y archiva en
expediente, hoja de vida, documentos de identidad personal de los profesionales que
formarán parte del Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el anuncio de la
convocatoria.
Accede al sistema informático vigente, obtiene el número consecutivo de la resolución y
elabora la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5). Adjunta hoja de vida, documentos
de identidad personal de los miembros que conforman el Comité Externo de Evaluación
por Pares (en línea) y el anuncio de la convocatoria, en el sistema.
Remite la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), la hoja de vida, documentos de
identidad personal de los miembros que conforman el Comité Externo de Evaluación por
Pares (en línea) y el anuncio de la convocatoria, a través del sistema informático vigente, al
director.
2. Director de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Accede al sistema informático vigente, recibe, revisa y valida, la Resolución Administrativa
(Anexo Núm.5), la hoja de vida, documentos de identidad personal de los miembros que
conforman el Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el anuncio de la
convocatoria, de estar todo correcto, remite a través del sistema informático vigente, a la
Oficina de Asesoría Legal.
3. Oficina de Asesoría Legal
Recibe, a través del sistema informático vigente, la Resolución Administrativa (Anexo
Núm.5), hoja de vida, los documentos de identidad personal de los miembros que
conforman el Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el anuncio de la
convocatoria.
Accede al sistema informático vigente, verifica, de estar todo en orden, imprime la
Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), coloca sello de verificado e iniciales.
Remite en físico la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), y a través del sistema
informático vigente, la hoja de vida y los documentos de identidad personal de los
miembros que conforman el Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el anuncio
de la convocatoria, al Despacho Superior.
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4. Despacho Superior
Secretario Nacional
Recibe, en físico la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), y a través del sistema
informático vigente, la hoja de vida y documentos de identidad personal de los miembros
que conforman el Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el anuncio de la
convocatoria.
Accede al sistema informático vigente, revisa la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5)
en físico, contra documentos sustentatorios en sistema, de estar todo correcto, firma la
Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), el secretario nacional o a quien delegue.
Remite en físico la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5) y a través del sistema
informático vigente, la hoja de vida y documentos de identidad personal de los miembros
que conforman el Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el anuncio de la
convocatoria, al coordinador de la convocatoria.
5. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), debidamente firmada y a
través del sistema informático vigente, la hoja de vida, documentos de identidad personal
de los miembros que conforman el Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) y el
anuncio de la convocatoria.
Archiva en físico la Resolución Administrativa (Anexo Núm.5), en el expediente de la
convocatoria. Envía a través del sistema informático vigente, el Formulario de Propuesta
(Anexo Núm.1) y el Formulario de Evaluación de Propuesta (Anexo Núm.2), a los
miembros del Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea) para que realicen las
evaluaciones correspondientes.
6. Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea)
Recibe, a través del sistema informático vigente, el Formulario de Propuesta (Anexo
Núm.1) y el Formulario de Evaluación de Propuesta (Anexo Núm.2), evalúan la propuesta
asignada y colocan sus comentarios. Remiten a través del sistema informático vigente al
coordinador de la convocatoria.
7. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe, a través del sistema informático vigente, el Formulario de Propuesta (Anexo
Núm.1) y el Formulario de Evaluación de Propuesta (Anexo Núm.2), con los comentarios
del Comité Externo de Evaluación por Pares (en línea). Verifica que la Propuesta esté
calificada con alto o buen potencial, si existe discrepancia entre los dos primeros
evaluadores, un tercer evaluador debe intervenir para determinar el potencial de la
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Propuesta. Completa el cuadro en el sistema informático vigente con la información de las
Propuestas avaladas, documentando la acción efectuada. Prepara expediente digital y remite
a través del sistema informático vigente, al Comité Externo de Evaluación por Pares
(Miembros del Foro).
8. Comité Externo de Evaluación por Pares (Miembros del Foro)
Reciben, a través del sistema informático vigente, el expediente con los documentos
sustentadores, revisan y efectúan sus recomendaciones por escrito a cada propuesta,
completan el Acta del Foro de Evaluación (Anexo. Núm.6) de la convocatoria, determinan
la lista priorizada en el acta y remiten en físico y electrónicamente al coordinador de la
convocatoria.
9. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico y electrónicamente, el Acta del Foro de Evaluación (Anexo Núm.6) de la
convocatoria con las recomendaciones y la Lista Priorizada del Comité Externo de
Evaluación por Pares (Miembros del Foro), verifica que el acta contenga la información
requerida para cada propuesta considerada en el foro de evaluación. Remite en físico y
electrónicamente al director.
10. Director de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Recibe en físico y electrónicamente, el Acta del Foro de Evaluación (Anexo Núm.6) de la
convocatoria, con la lista priorizada de las propuestas recomendadas. Revisa e inicializa el
Acta y remite en en físico y electrónicamente al secretario nacional.
11. Despacho Superior
Secretario Nacional
Recibe en físico y electrónicamente el Acta del Foro de Evaluación (Anexo Núm.6) de la
convocatoria, con la lista priorizada, revisa y firma aprobando la misma. Remite en físico
y electrónicamente al coordinador de la convocatoria.
12. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico y electrónicamente el Acta del Foro de Evaluación (Anexo Núm.6) de la
convocatoria, con la lista priorizada aprobada, procede a elaborar la Lista de Resultados
(Anexo Núm.7) de las propuestas beneficiadas. Remite electrónicamente a la Unidad de
Informática.
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13. Unidad de Informática
Recibe electrónicamente la Lista de Resultados (Anexo Núm.7) de las propuestas
beneficiadas y accede a la página web de la SENACYT referente a la convocatoria, publica,
comunica la acción realizada y remite a través del sistema informático vigente al
coordinador de la convocatoria.
14. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe electrónicamente comunicación de la acción realizada. Elabora y envía
electrónicamente, un informe a los proponentes beneficiados para que procedan con las
adecuaciones al plan de trabajo, según recomendaciones del Comité Externo de Evaluación
por Pares (Miembros del Foro), de igual forma comunica a todos los proponentes cuyas
propuestas no fueron avaladas.
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D. Procedimiento para la Adjudicación al Beneficiario
1. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe electrónicamente por parte del beneficiario el plan de trabajo, verifica que se
realizaron las adecuaciones recomendadas por el Comité Externo de Evaluación por Pares.
Completa y genera físico y electrónicamente la Resolución de Adjudicación (Anexo
Núm.8). Incluye documentos sustentadores en el expediente físico.
Remite electrónicamente al director la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) y
documentos sustentadores.
2. Director de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Recibe electrónicamente la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) y documentos
sustentadores, accede al sistema informático vigente, verifica, de estar todo correcto,
aprueba la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8). Remite electrónicamente junto con
el expediente a la Oficina de Asesoría Legal.
3. Oficina de Asesoría Legal
Recibe electrónicamente la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) y documentos
sustentadores, verifica, de estar todo correcto, imprime, coloca sello de verificado en la
Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) y firma.
Remite físico y electrónicamente la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) y
documentos sustentadores, al Despacho Superior.
4. Despacho Superior
Secretario Nacional
Recibe físico y electrónicamente la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) y
documentos sustentadores, accede al sistema informático vigente, verifica en sistema contra
documentos físicos; de estar todo correcto, firma la Resolución de Adjudicación (Anexo
Núm.8) en físico y procesa el cierre de la documentación electrónica en el sistema
informático vigente.
Remite en físico la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) al coordinador de la
convocatoria.
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5. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8), escanea y remite
electrónicamente, la Resolución de Adjudicación (Anexo Núm.8) a la Unidad de
Informática, para que proceda a publicar en la página web de la SENACYT. Archiva toda
la documentación en su respectivo expediente.
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E. Procedimiento de Contratación por Mérito para el Programa de Fomento a la Innovación en
el Aprendizaje de Ciencias
1. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Completa el borrador de contrato, accede al sistema informático vigente, obtiene el
número consecutivo y coloca en el contrato. Remite a través del sistema informático
vigente el contrato y documentos sustentadores al director.
2. Director de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Recibe a través del sistema informático vigente el contrato y documentos sustentadores,
de no tener objeción, valida el trámite correspondiente del contrato en el sistema y remite
a través del sistema informático vigente el contrato y documentos sustentadores a la
Oficina de Asesoría Legal.
3. Oficina de Asesoría Legal
Recibe a través del sistema informático vigente el contrato y documentos sustentadores,
ejecuta un examen jurídico, imprime, coloca sello de verificado y firma. Remite el
contrato y documentos sustentadores en físico y electrónicamente al coordinador de la
convocatoria.
4. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico y electrónicamente el contrato y documentos sustentadores, verifica, de
estar todo correcto, anexa al expediente físico el contrato y los documentos sustentadores.
Remite en físico expediente adjunto contrato al Departamento de Presupuesto.
5. Dirección de Administración y Finanzas
Departamento de Presupuesto
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, accede al sistema informático vigente,
verifica que la partida presupuestaria a la cual se le imputará el gasto cuente con
disponibilidad de saldo; de estar en orden, procede con el pre-bloqueo preliminar del
monto requerido, coloca sello, fecha y firma en el contrato. Remite en físico expediente
adjunto contrato al Departamento de Compras.
6. Departamento de Compras
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, accede al sistema informático vigente,
realiza el compromiso presupuestario, completan y generan el documento Datos del
Contrato (Anexo Núm.9), según requisición, sella y firma. Remite en físico expediente
adjunto contrato al coordinador de la convocatoria.
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7. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, comunica al beneficiario para que se
apersone a la SENACYT a firmar el contrato. Remite al director de Administración y
Finanzas.
Nota: El beneficiario completa la Gestión de Cobro (Anexo
Núm.10), la cual queda en custodia en el expediente en
espera del perfeccionamiento del trámite del contrato.
8. Dirección de Administración y Finanzas
Director
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, verifica que los documentos cuenten con las
firmas y sellos correspondientes, coloca firma en el documento de Datos del Contrato
(Anexo Núm.9). Remite expediente adjunto contrato al secretario nacional.
9. Despacho Superior
Secretario Nacional
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, revisa, coloca firma en el contrato. Remite
a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República.
10. Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, revisa que los documentos cumplan con las
disposiciones legales vigentes de acuerdo con la guía de fiscalización y conforme a la
delegación de firmas, según el monto, procede al refrendo del contrato. Remite el expediente
adjunto contrato al Departamento de Compras.
Nota: En caso de subsanación, devuelve la documentación a la
Dirección de Administración y Finanzas con un detalle de
los motivos.
11. Dirección de Administración y Finanzas
Departamento de Compras
Recibe en físico el expediente adjunto contrato, revisa que el contrato contenga las firmas
correspondientes, accede al sistema informático vigente, elabora la Solicitud de Contrato
(Anexo Núm.11), imprime y el jefe de compras firma el documento. Remite en físico y
electrónicamente el expediente y la Solicitud de Contrato (Anexo Núm.11), al director.
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12. Director de Administración y Finanzas
Recibe en físico y electrónicamente, el documento de Solicitud de Contrato (Anexo Núm.
11) y adjunto el expediente, revisa; de todo estar en orden, coloca firma y remite al
coordinador de la convocatoria para iniciar trámite del primer pago del proyecto.
13. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe en físico expediente y Solicitud de Contrato (Anexo Núm.11), elabora nota de
recibido conforme.
Remite en físico al Departamento de Tesorería, la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10), la
cual se mantenía en custodia en el expediente y los documentos sustentadores.
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Mapa del Proceso
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F. Procedimiento para el Primer pago al beneficiario a través del Programa de Fomento a la
Innovación en el Aprendizaje de Ciencias.
1. Dirección de Administración y Finanzas
Departamento de Tesorería
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10), la cual se mantenía en custodia en el
expediente, copia del contrato y documentos sustentadores; verifica que la documentación
esté correcta.
Remite la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10), con el expediente, al Departamento de
Contabilidad.
2. Departamento de Contabilidad
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, efectúa el análisis y
posteriormente realiza el asiento contable correspondiente, coloca sello y firma en la
Gestión de Cobro (Anexo Núm.10). Remite la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el
expediente a la Dirección de Administración y Finanzas.
3. Director de Administración y Finanzas
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, revisa que contenga las
firmas correspondientes, coloca firma en la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) y en el
documento de Solicitud de Contrato (Anexo Núm.11) el cual forma parte del expediente.
Remite a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República.
4. Contraloría General de la República
Oficina de Fiscalización
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, revisa que los documentos
cumplan con las disposiciones legales vigentes de acuerdo con la guía de fiscalización y
conforme a la delegación de firmas, según el monto, procede al refrendo de la Gestión de
Cobro (Anexo Núm.10) y en la Solicitud de Contrato (Anexo Núm.11). Remite al
Departamento de Tesorería.
Nota: En caso de subsanación, devuelve la documentación a la
Dirección de Administración y Finanzas, con un detalle de los
motivos.
5. Dirección de Administración y Finanzas
Departamento de Tesorería
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, verifica, accede al sistema
informático vigente, realiza el cambio de vía de pago, valida y cierra el sistema
informático vigente, revisa que la información en físico coincida con la del sistema, coloca
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sello con fecha, número de ordenación, hora y firma en el Reporte de Pagos Autorizados
u Ordenados (Anexo Núm.12). Remite al director.
6. Director de Administración y Finanzas
Recibe expediente, revisa que contenga las firmas correspondientes, coloca firma en el
Reporte de Pagos Autorizados u Ordenados (Anexo Núm.12) de visto bueno. Remite al
Departamento de Tesorería.
7. Departamento de Tesorería
Recibe expediente, escanea la ordenación del pago y procede a enviar por correo
electrónico al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Dirección General de Tesorería,
Cuenta Única del Tesoro Nacional (CUT), solicitando se proceda con la transferencia
electrónica de fondos al beneficiario y archiva expediente físico. Una vez realizada la
transferencia, recibe de la Dirección General de Tesorería, notificación de la transferencia.
Nota: El Departamento de Tesorería debe notificar a la Dirección
de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la
Tecnología, cuando recibe la notificación de la transferencia
realizada.
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Mapa del Proceso
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G. Procedimiento para el Pago por etapas de la Contratación por Mérito a través del Programa
de Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias.
1. Beneficiario
Presenta informe técnico y financiero del primer pago o etapa correspondiente, según
formato establecido, al coordinador de la convocatoria.
2. Dirección de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Coordinador de la Convocatoria
Recibe informe técnico y financiero del proyecto, revisa que se haya cumplido con lo
establecido en el cronograma y en el plan de trabajo, elabora Nota de Recibido Conforme
(Anexo Núm.13), coloca sus iniciales como visto bueno y prepara expediente con
documentos sustentadores y remite al director.
3. Director de Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología
Recibe expediente, revisa; de no tener objeción, firma la Nota de Recibido Conforme
(Anexo Núm.13) y remite al coordinador de la convocatoria.
4. Coordinador de la Convocatoria
Recibe expediente y entrega Nota de Recibido Conforme (Anexo Núm.13) al beneficiario
para que presente la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) adjunto copia del informe técnico
y financiero del proyecto.
Nota: Cuando el beneficiario tenga que realizar devolución de
dinero, debe presentar comprobante original de depósito
bancario efectuado a la cuenta de SENACYT.
5. Beneficiario
Recibe Nota de Recibido Conforme (Anexo Núm.13) adjunto copia del informe técnico y
financiero del proyecto, presenta la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) y entrega
documentos sustentadores requeridos al Departamento de Tesorería.
6. Dirección de Administración y Finanzas
Departamento de Tesorería
Recibe Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con los documentos sustentadores requeridos.
Verifica que los documentos sustentadores requeridos sean los correctos, recepciona en el
sistema informático vigente la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10), coloca un número
consecutivo en el mismo y entrega copia de la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) al
beneficiario. Remite al Departamento de Contabilidad.
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7. Departamento de Contabilidad
Recibe Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, efectúa el análisis y
posteriormente realiza el asiento contable correspondiente, coloca sello y firma en la
Gestión de Cobro (Anexo Núm.10). Remite la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) adjunto
su expediente al Director.
8. Director de Administración y Finanzas
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) adjunto el expediente, revisa que contenga
las firmas correspondientes, coloca firma en la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10).
Remite a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República.
9. Contraloría General de la República
Oficina de Fiscalización
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, revisa que los documentos
cumplan con las disposiciones legales vigentes de acuerdo con la guía de fiscalización y
conforme a la delegación de firmas, según el monto, procede al refrendo de la Gestión de
Cobro (Anexo Núm.10). Remite al Departamento de Tesorería.
Nota: En caso de subsanación, devuelve la documentación a la Dirección de
Administración y Finanzas, con un detalle de los motivos.
10. Dirección de Administración y Finanzas
Departamento de Tesorería
Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.10) con el expediente, verifica, accede al sistema
informático vigente, realiza el cambio de vía de pago, valida y cierra el sistema
informático vigente, revisa que la información en físico coincida con la del sistema, coloca
sello con fecha, número de ordenación, hora y firma en el Reporte de Pagos Autorizados
u Ordenados (Anexo Núm.12). Remite al director.
11. Director de Administración y Finanzas
Recibe expediente, revisa que contenga las firmas correspondientes, coloca firma en el
Reporte de Pagos Autorizados u Ordenados (Anexo Núm.12) de visto bueno. Remite al
Departamento de Tesorería.
12. Departamento de Tesorería
Recibe expediente, escanea la ordenación del pago y procede a enviar por correo
electrónico al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Dirección General de Tesorería,
Cuenta Única del Tesoro Nacional (CUT), solicitando se proceda con la transferencia
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electrónica de fondos al beneficiario y archiva expediente físico. Una vez realizada la
transferencia, recibe de la Dirección General de Tesorería, notificación de la transferencia.
Nota: El Departamento de Tesorería debe notificar a la Dirección de
Innovación en el Aprendizaje de la Ciencia y la Tecnología,
cuando recibe la notificación de la transferencia realizada.
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Mapa del Proceso
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ANEXOS
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Anexo Núm.1
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Anexo Núm.2
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41
Anexo Núm.3
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42
Anexo Núm.4
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43
Anexo Núm.5
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Anexo
Núm.6
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ACTA DEL FORO DE EVALUACIÓN
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Anexo Núm.7
LISTA DE RESULTADOS
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50
Anexo Núm.8
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
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51
Anexo Núm.9
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52
Anexo Núm.10
No. 29989-A Gaceta Oficial Digital, jueves 14 de marzo de 2024 62
53
Anexo Núm.11
SOLICITUD DE CONTRATO
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54
Anexo Núm.12
REPORTE DE PAGOS AUTORIZADOS U ORDENADOS
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Anexo Núm.13
NOTA DE RECIBIDO CONFORME
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Anexo Núm.14
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