Resolución N° 273. Por la cual se concede a la sociedad panafoto duty free, s.a., autorización para operar un almacén especial de mercancías no nacionalizadas en el área de la zonita libre del aeropuerto internacional de tocumen, local tb-c2-34.

Fecha de publicación29 Noviembre 2023
Fecha20 Octubre 2023
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADUANAS
No. 29919 Gaceta Oficial Digital, miércoles 29 de noviembre de 2023 1
.
'
1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
AUTORIDAD
NACIONAL
DE
ADUANAS
RESOLUCIÓN
273
20 de octubre de 2023
"Por
medio del cual se le concede a la sociedad
PANAFOTODUTY
FREE,
S~A.,
autorización para
operar
un
almacén especial de mercancías no nacionalizadas en el área de la zonita libre del Aeropuerto
Internacional de Tocuinen, local TB-C2-34"
LA
DIRECTORA
GENERAL
DE
ADUANAS,
en uso de sus facultades legales, ·
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Ley 1 de 13 de febrero de 2008, se creó la Autoridad
N~cional
de Aduanas como
una institución de seguridad pública, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía en
su
régimen interno y jurisdicción en todo
el
territorio nacional;
Que a través de la Ley 26 de
17
de abril de 2013, se aprueba el Protocolo de Incorporación de la República
de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana, publicado en Gaceta Oficial 27268-
B de
17
de abril de 2013, adoptándose, entre otros instrumentos jurídicos, el Código Aduanero Uniforme
Centroamericano. (CAUCA) y el Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano
(RECAUCA), texto concomitante con el Decreto de Gabinete
12
de 29 de marzo de 2016;
Que el Decreto 290 de 28 de octubre de 1970 y sus modificaciones reglamentan los almacenes de depósitos
en
el Aeropuerto Internacional de Tocumen;
Que la sociedad
PANAFOTO
DUTY
FREE,
S.A., debidamente inscrita al folio 555397 (S) de la sección
mercantil del Registro Público y RUC 1084772-1-555397
DV
20 cuyo representante legal es el señor
ASHOK
NARAINDAS
NANDW
ANI
NANDW
ANI, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de
identidad personal 8-238-2278 a través de
su
apoderada legal, elevó formal solicitud para que se les otorgue
licencia definitiva.de operación de aduanas o en su defecto la prórroga del permiso provisional para operar
un
almacén de depósitos de mercancías no nacionalizadas en el local .TB-C2-34 ubicado
en
la·
zonita libre
del Aeropuerto Internacional de Tocumen, Terminal 2, Plaza
1;
Que mantiene Contrato de Concesión 004/DC/19 de 20 de septiembre de 20.19; suscrito con la sociedad
Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., "Para la prestación de Servicios
No
Aeronáuticos a Título
Oneroso, para dedicarse a la explotación comercial del negocio de electrónica en el local TB-C2-34,
Terminal 2, Plaza
1,
por diez (10} años no prorrogables, el cual fue refrendado por parte de la Contraloria
General de la República el 04 de diciembre de 2019;
Que consignó a favor de la Autoridad Nacional de Aduanas/Contraloría General de la República, Fianza de
Obligación Fiscal (2-97) 88B57496 fechada de
01
de septiembre de 2023 por la suma de ciento cincuenta
mil balboas con 00/100 (B/.150,000.00), vigente hasta el 05 de
diciembre
de
2025, emitida por Assa
Compañía de Seguros, S.A.;
Que la peticionaria además
ha
cumplido con la presentación de los documentos requeridos para su
aprobación, por lo que se
ha
determinado que no hay objeción en acceder a lo solicitado;
Por lo antes-expuesto, la suscrita Directora General de Aduanas, en
uso.
de sus facultades legales y
administrativas,
RESUELVE:
CONCEDER
a la sociedad
PANAFOTO
DUTY
FREE,
S.A., autorización para operar un almacén
especial de mercancías .
no
nacionalizadas en el área de la zonita libre del. Aeropuerto Internacional de
Tocumen, ubicado en
la
Terminal 2, Plaza
1,
local TB-C2-34 destinado para la explotación comercial del
negocio de electrónica.
ADVERTIR
que esta autorización se concede a partir del vencimiento de la Resolución 904-04-729-
0AL
de 29 de noviembre de 2022; es decir, desde el
05
de diciembre de 2023 hasta el 05
de
abril
de 2025.
ADVERTIR
que está obligada a solicitar con treinta (30) días de antelación la renovación de
la
autorización otorgada
por
esta Autoridad para la operación de almacenes especiales de mercancías no
nacionalizadas ubicados en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, quedando la renovación de la misma
condicionada a la vigencia del contrato de concesión, por lo que la cancelación del mismo implica la
suspensión de la autorización.

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