Resolución Nº 31 de Superintendencia de Bancos, 2008
Año | 2008 |
Fecha | 29 Enero 2008 |
Número de resolución | 31 |
Sección | Resoluciones SBP |
Tipo de documento | http://vlex.com/31706/document_types1,Resolution |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No. 31-2008
(de 29 de enero de 2008)
El Superintendente de Bancos
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que GLOBAL BANK CORPORATION, INC., es una sociedad organizada de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Personas
(Mercantil) a Ficha 281810, Rollo 40979 e Imagen 25 del Registro Público de la República
de Panamá, autorizada para ejercer el Negocio de Banca en y desde la República de
Panamá a través de Licencia General otorgada por la Comisión Bancaria Nacional mediante
Resolución No. 4-94 de 3 de marzo de 1994;
Que LEESPORT FINANCE, INC., es una sociedad organizada de conformidad con las
leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Personas (Mercantil) a Ficha
402152, Documento 244108 del Registro Público de la República de Panamá, siendo
GLOBAL BANK CORPORATION, INC. el poseedor del 100% de sus acciones;
Que DRAMEN INTERNATIONAL, INC., es una sociedad organizada de conformidad
con las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Personas (Mercantil) a
Ficha 513298, Documento 893491 del Registro Público de la República de Panamá, siendo
GLOBAL BANK CORPORATION, INC. el poseedor del 100% de sus acciones;
Que DONTOBAY HOLDING, INC., es una sociedad organizada de conformidad con las
leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Personas (Mercantil) a Ficha
513606, Documento 894456 del Registro Público de la República de Panamá, siendo
GLOBAL BANK CORPORATION, INC. el poseedor del 100% de sus acciones;
Que DABROX INTERNATIONAL, S. A., es una sociedad organizada de conformidad
con las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Sección de Personas (Mercantil) a
Ficha 514319, Documento 897918 del Registro Público de la República de Panamá, siendo
GLOBAL BANK CORPORATION, INC. el poseedor del 100% de sus acciones;
Que a través de Apoderado Especial GLOBAL BANK CORPORATION, INC.,
LEESPORT FINANCE, INC., DRAMEN INTERNATIONAL, INC., DONTOBAY
HOLDING, INC., y DABROX INTERNATIONAL, S. A. han presentado solicitud de
autorización de fusión por absorción en la que resultaría como sociedad sobreviviente
GLOBAL BANK CORPORATION, INC;
Que efectuados los análisis correspondientes, de conformidad con las disposiciones del
Acuerdo 1-2004 de 29 de diciembre de 2004, la fusión a través de la cual GLOBAL
BANK CORPORATION, INC, absorbería a sus subsidiarias LEESPORT FINANCE,
INC., DRAMEN INTERNATIONAL, INC., DONTOBAY HOLDING, INC., y
DABROX INTERNATIONAL, S. A. no merece objeciones; y
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Numeral 5 del Artículo 17 del Decreto-Ley No.
9 de 26 de febrero de 1998, corresponde al Superintendente de Bancos resolver de
conformidad.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar la fusión por absorción entre GLOBAL BANK
CORPORATION, INC, LEESPORT FINANCE, INC., DRAMEN
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