Resolución N° 312. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de basima smaili.

Fecha de publicación21 Diciembre 2023
Fecha14 Diciembre 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29935-C Gaceta Oficial Digital, jueves 21 de diciembre de 2023 1
~-
.
..
-.. . '
·~
\.:i~.t~
'~
1."
··:·,:LY.
';~
··~xm~
* .
.,.,.
*,
t,.
'."
..
~,,áf&-ea
¿-¡{;
m;?d,md
ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Resolución No.
.,E/t'/.
PANAMÁ,
/L/
de
L'i.;&rot.
,,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
de2azz.
Que BASIMA SMAILI, nacional de LIBANO, mediante apoderada legal, solicita
al
Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Seguridad Pública, que se le conceda
CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal 2o. del
artículo 1
O de la Constitución Política y del Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a)
Certificación expedida por el Servicio Nacional de Migración, donde consta que la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 4994
del 29 de febrero de 2016.
b) Certificación expedida por la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que la
peticionaria no registra antecedentes penales.
c)
Copia autenticada del Carné de Residente Permanente No. E-8-139715 expedida por el
Director Regional de Cedulación de Panamá Centro, a nombre de la peticionaria.
d)
Certificado de Matrimonio expedida por la Dirección Nacional del Registro Civil,
inscrito en el Acta EE-4-36, de los libros de Matrimonio en el Exterior, donde se
comprueba
el
vínculo existente entre el panameño Khalil Ahmad Mansour y la
peticionaria.
e) Certificado de Nacimiento expedido por
la
Dirección Nacional de Registro Civil,
inscrito en el Tomo 21, en la Partida 2394 de los libros Naturalizados, donde se
comprueba la nacionalidad panameña de la conyugue de la peticionaria.
f)
Certificado de Buena Salud, expedido por la Dra. Soraya Hachem.
g)
Certificación de Paz y Salvo expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple con sus obligaciones fiscales.
h) Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de la peticionaria, donde se
acredita la nacionalidad.
i)
Copia
de
la Resolución No. 160 de
11
de febrero de 2020, emitida por
el
Tribunal
Electoral.
j)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR