Resolución Nº 32 de Superintendencia de Bancos, 2018

Año2018
Fecha29 Noviembre 2018
Número de resolución32
SecciónFiduciarias
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-FID-0032-2018
(29 de noviembre de 2018)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, PICHINCHA TRUST, S. A. es una sociedad anónima organizada y constituida de conformidad con
las leyes de la República de Panamá, autorizada para ejercer el negocio fiduciario en o desde la
República de Panamá mediante Resolución FID No. 013-2010 de 18 de noviembre de 2010 emitida por
la Superintendencia de Bancos;
Que, PICHINCHA TRUST, S. A. optó por no someterse al proceso de acreditación fiduciaria, en
cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley No. 21 de 10 de mayo de 2017 y por el Acuerdo
Fiduciario No.001-2017 de 11 de julio de 2017, por lo cual ha presentado a esta Superintendencia de
Bancos solicitud de Liquidación Voluntaria de su Licencia Fiduciaria;
Que, mediante Resolución SBP-FID-0004-2018 de 31 de enero de 2018, esta Superintendencia autorizó
el inicio del proceso de Liquidación Voluntaria de la Fiduciaria y cese de operaciones de sus operaciones
al amparo de dicha Licencia Fiduciaria, conforme al Plan de Liquidación presentado;
Que, PICHINCHA TRUST, S. A., ha comunicado de manera formal la culminación del proceso de
Liquidación Voluntaria;
Que, esta Superintendencia ha verificado la culminación del proceso de Liquidación Voluntaria conforme
el Plan de Liquidación presentado;
Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 55 de la Ley No. 21 de 10 de mayo de 2017, y culminado el
Proceso de Liquidación, corresponde al Superintendente cancelar la Licencia Fiduciaria respectiva;
Que, de conformidad con el Artículo 6, Numeral 6 de la Ley No. 21 de 10 de mayo de 2017, corresponde
al Superintendente de Bancos resolver solicitudes como la de PICHINCHA TRUST, S. A.
Que mediante Resolución SBP-JD-0103-2018 del veinte (20) de noviembre de 2018, se designó al
suscrito Gustavo Adolfo Villa, como Superintendente Interino a partir del veintitrés (23) al treinta (30) de
noviembre de dos mil dieciocho (2018), o hasta que se reintegre a sus funciones el Superintendente
titular.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Dejar sin efecto la Resolución FID No. 013-2010 de 18 de noviembre de 2010
emitida por la Superintendencia de Bancos, por medio de la cual se otorgó Licencia Fiduciaria a favor
de PICHINCHA TRUST, S. A. y cancélese dicha Licencia Fiduciaria.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar al Registro Público anotar la marginal correspondiente de cancelación
de Licencia Fiduciaria de PICHINCHA TRUST, S. A., sociedad inscrita en el Folio N° 715779 (Mercantil)
del Registro Público de Panamá, tal como lo dispone el Artículo 55 de la Ley No. 21 de 10 de mayo de
2017.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 6, Numeral 6 de la Ley No. 21 de 2017 de 10 de mayo de 2017.
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de dos mil dieciocho
(2018).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
El SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO,
Gustavo Adolfo Villa

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