Resolución N° 327. Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la organización denominada fundación centro de niños down.

Fecha de publicación10 Octubre 2023
Fecha24 Julio 2023
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
No. 29886 Gaceta Oficial Digital, martes 10 de octubre de 2023 1
~
.
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
Resolución No. 327
(De 24 de julio de 2023)
"Que reconoce como organización de carácter social sin fines
de
lucro a la organización
denominada FUNDACIÓN
CENTRO
DE NIÑOS
DOWN"
La
Ministra de Desarrollo Social
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que, mediante apoderado legal, la organización denominada FUNDACIÓN
CENTRO
DE
NIÑOS DOWN, debidamente inscrita
al
Folio No. 17548 (M), de la Sección Mercantil del
Registro Público de Panamá, cuyo presidente y representante legal es la señora MARKELA
ESTELA HERNÁNDEZ NIETO DE NIETO, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula
de
identidad personal No. 6-63-103, solicitó
al
Ministerio
de
Desarrollo Social,
el
reconocimiento
como organización de carácter social sin fines de lucro;
Que, para fundamentar su petición, la organización presentó la siguiente documentación:
1.
Poder y memorial, dirigido a la Ministra de Desarrollo Social, solicitando el reconocimiento
como organización de carácter social sill fines
de
lucro. (fjs. l-5)
2.
Copia autenticada por la Dirección Regional
de
Cedulación de Herrera,
de
la cédula de
identidad personal de la señora
MARKELA
ESTELA
HERNÁNDEZ
NIETO
DE NIETO,
representante legal de la organización.
(:fj.
6)
3.
Copia autenticada de la Escritura Pública No. 1,160
de
24
de
mayo de 2001, expedida por la
Notaría del Circuito de Herrera, por la cual se protocolizan los documentos que le otorgan la
personería jurídica a la organización. (
fj
s.
7-14)
4.
Copia autenticada de la Escritura Pública No. 2,602 de 26 de junio de 2017, expedida por la
Notaría del Circuito
de
Herrera, por la cual se protocoliza un Acta de Reunión Ordinaria de
Asamblea General de los miembros
de
la FUNDACIÓN
CENTRO
DE
NIÑOS DOWN.
(fjs.15-17)
5.
Certificación del Registro Público
de
Panamá, donde consta la vigencia y representación legal
de
la FUNDACIÓN
CENTRO
DE NIÑOS DOWN. (fj.18)
6.
Pruebas documentales que demuestran,
de
manera fehaciente, las actividades sociales que
realiza la organización y que la misma presta un servicio social. (fjs.19-30);
Que corresponde efectuar el examen de todos los elementos
de
juicio, tendientes a la emisión de
un criterio, por lo que,
al
analizarse la documentación aportada, se pudo constatar que entre los
principales objetivos de la organización denominada FUNDACIÓN
CENTRO
DE
NIÑOS
DOWN, visibles a fojas
10
y
11
del expediente administrativo, se encuentran:
1.
Promover la creación del centro
de
atención y tratamiento de las personas con Síndrome de
Down.
2.
Recibir ayuda voluntaria y espontanea de personas capacitadas para la atención de menores y
adultos con Síndrome
de
Down.
3.
Ofrecer asesoramiento, orientación, capacitación a los padres
de
niños con Síndrome de
Down;
Que, dentro de las pruebas documentales aportadas por la organizac10n denominada
FUNDACIÓN
CENTRO
DE NIÑOS DOWN, se evidencia que ésta tiene como finalidad
brindar un servicio social en beneficio de comunidades o grupos de personas en situación de
vulnerabilidad y pobreza multidimensional;
Que en virtud que esta superioridad está facultada para otorgar el reconocimiento
de
carácter social
a todas aquellas asociaciones cuyos objetivos y fines contenidos en sus estatutos se ajusten a las
labores de servicio social, conforme
lo
dispone
el
artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 230
de
6
de agosto de 2020, ha quedado evidenciado que la organización cumple con los requisitos exigidos
para otorgarle dicho reconocimiento;

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