Resolución Nº 33 de Superintendencia de Bancos, 2021
Año | 2021 |
Fecha | 09 Abril 2021 |
Número de resolución | 33 |
Tipo de documento | Resolution |
Sección | Resoluciones SBP |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-0033-2021
(de 9 de abril de 2021)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, ATLANTIC SECURITY BANK es una sociedad extranjera constituida de conformidad con
las Leyes de Islas Caimán, inscrita a Folio No. 351 (E) de la Sección Mercantil del Registro
Público de Panamá, con Licencia Bancaria Internacional otorgada mediante Resolución No. 21-
84 de 19 de septiembre de 1984 de la Comisión Bancaria Nacional, hoy Superintendencia de
Bancos de Panamá;
Que, ASB BANK CORP. es una sociedad constituida de conformidad con las Leyes de la
República de Panamá, inscrita en la Sección Mercantil en el Folio No. 155696872, del Registro
Público de Panamá, con Licencia Bancaria Internacional otorgada por la Superintendencia de
Bancos, mediante Resolución SBP-0145-2020 de 23 de noviembre de 2020;
Que, ATLANTIC SECURITY BANK Y ASB BANK CORP. pertenecen a un mismo Grupo
Económico y han presentado de manera conjunta a través de Apoderado Especial, solicitud de
autorización para llevar a cabo la fusión por absorción en la que ASB BANK CORP. será la
sociedad sobreviviente, coforme los términos y condiciones que se detallan en la transacción
propuesta;
Que, la presente solicitud cumple con las disposiciones del Acuerdo 1-2004, que establece los
criterios para la fusión de entidades bancarias;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de fusión por absorción presentada no
merece objeciones, y;
Que, de conformidad con el Literal I, Numeral 6 del Artículo 16 de la Ley Bancaria, corresponde
al Superintendente de Bancos autorizar este tipo de solicitudes.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar la fusión por absorción de ATLANTIC SECURITY BANK Y ASB
BANK CORP. de la cual ASB BANK CORP. será la entidad sobreviviente, de conformidad con
los términos y condiciones establecidos en la transacción propuesta.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley Bancaria y Acuerdo No. 1-2004 de 29 de diciembre de 2004.
Dada en la ciudad de Panamá, a los nueve (9) días del mes de abril de dos mil veintiuno (2021).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Amauri A. Castillo
/radyd
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