Resolución Nº 347 de Superintendencia de Bancos, 2008

Año2008
Fecha05 Diciembre 2008
Número de resolución347
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No. 347-2008
(de 5 de diciembre de 2008)
El Superintendente de Bancos Interino
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que NATIXIS es una sociedad extranjera debidamente inscrita en el Registro Público de
Panamá a la Ficha 1310, Documento 1101463 de la Sección de Micropelícula Mercantil,
con Licencia Bancaria Internacional otorgada por esta Superintendencia mediante
Resolución S.B.P. No. 052-2007 de 2 de mayo de 2007;
Que NATIXIS ha solicitado, por medio de apoderados especiales, autorización para
proceder con su la liquidación voluntaria y cese de operaciones en la República de Panamá;
Que de conformidad con el Artículo 115 de la Ley Bancaria, el banco que solicite su
liquidación voluntaria deberá contar previamente con la autorización de la
Superintendencia;
Que corresponde al Superintendente, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16 de
la Ley Bancaria, autorizar la liquidación voluntaria de los bancos, y;
Que efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de NATIXIS no merece
objeciones toda vez que, a la fecha, el Banco cuenta con suficientes activos para cancelar
sus pasivos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a NATIXIS para llevar a cabo su liquidación
voluntaria y cese de operaciones de la sucursal que mantiene en la República de Panamá,
conforme al Plan de Liquidación presentado ante esta Superintendencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Téngase al señor Pierre Tereygeol, con documento de
identidad personal No. 07AB83973, como encargado de la liquidación de las operaciones,
activos y pasivos de la sucursal de NATIXIS en Panamá.
Dada en la ciudad de Panamá, a los cinco (5) días del mes de diciembre de dos mil ocho
(2008).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Gustavo Adolfo Villa, Jr.
Superintendente Interino
/afo

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