Resolución Nº 357 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 04-08-2011

Fecha04 Agosto 2011
Número de resolución357
EmisorSuperintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá)
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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
Resolución N.-O3S.a_ de__j___ de agosto de 201,1.
El superintendente de Seguros y Reaseguros, en uso de sus facurtades regares,
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución NoO2gg de 23 de junio de 2011 , esta superintendencia de seguros
y Reaseguros impuso una murta de veinticinco mir barboas con 00/100 (8/.25,000.00) a
la empresa regurada DEL rsrMo ASSURANCE, coRp. Dicha resorución fue notificada
en debida forma a ra aseguradora sancionada, er día veintiocho (2g) de junio de 2011.
La aseguradora constituyó apoderado regar, quien denho der término hábir para tal
propós¡to formalizó recurso horizontal de reconsideración en contra de la Resolución
No0298 de 23 de junio de 201i, cuyos cargos de censura se circunscr¡ben
fundamentalmente a dos argumentaciones:
' La recurrente afirma que en n¡ngún momento ros hechos acaecidos tuvieron como
motivación sustraer fondos de ra empresa, y en efecto, todos ros dineros que
respardan ra riquidez de DEL rsrMo ASSUMNCE CORP., siempre han estado
bajo su entero contror, depositados en una cuenta de una subsidiaria AA Del
lstmo, sustentada en los estados financieros.
o Además, justifica que ante ra farta de protecc¡ón regar de ras reservas e
inversiones, ras acciones que se tomaron tuvieron como propósito proteger ra
liquidez de la empresa debido a la amenazade procesos judiciales.
' Explica que obró bajo una confusión en cuanto ar espíritu de ra rey, que re evó a
creer que ar traspasar fondos a una empresa que mantenía bajo su contror todos
los fondos necesarios para cumprir con ros requisitos de riquidez, 100% propiedad
del mismo grupo económico no representaba una inobservancia de la lei.
' Arguye que er bien inmuebre nunca sarió der pahimonio de DEL rsrMo
ASSURANCE, coRp. ya que si bien es cierto fue traspasado a la sociedad Atena
Panamá, no es menos cierto que el dueño unitario de las acciones Atena
Panamá, s.A. es precisamente Der rstmo Assurance, corp.; que una vez recib¡do
el pago final por la compraventa de la acciones de Atena panamá, s.A., dicho
pago se depositó en la cuenta de Del lstmo Assurance Corp., por lo que queoa
claro que la inversión vendida nunca salió de sus arcas.
o Exprica, finarmente, que si ras inversiones estaban deficientes, gran parte se
debió a que er efectivo permaneció en cuenta corriente y no prazo fr¡o como oeoió
haber sido para cumprir con er requisito de ser considerada inversión.
Luego de revisadas ras argumentaciones de ra recurrente, corresponde de acuercfo al
artículo 169 de la Ley 3g de 2000, resolver el recurso oe reconsideración.
En primer lugar, y ante ra afirmación de ra aseguradora recurrente que su conducta no
estuvo revestida de mara fe o por er ánimo de sustraer fondos de ra Lmpresa, debemos
puntualizar que las revisiones trimestrales son mediciones objetivas, no verifican

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