Resolución Nº 36 de Superintendencia de Bancos, 2017

Año2017
Fecha08 Marzo 2017
Número de resolución36
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0036-2017
(de 8 de marzo de 2017)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que FPB BANK, INC. es una sociedad anónima organizada y constituida conforme a las Leyes
de la República de Panamá, inscrita desde el 31 de diciembre de 2004 en la Sección Mercantil
del Registro Público, al Folio 471857 (S), la cual, luego de haber contado con Licencia
Internacional mediante Resolución S.B. No. 028-2005 de 28 de marzo de 2005, actualmente
cuenta con Licencia General otorgada por esta Superintendencia mediante Resolución S.B.P.
No. 151-2011 de 27 de octubre de 2011;
Que mediante Resolución SBP-0022-2017 de 10 de febrero de 2017, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 131 y 132 de la Ley Bancaria, la Superintendencia de Bancos decidió
la Toma de Control Administrativo y Operativo de FPB BANK, INC., efectiva a partir del día 10
de febrero de 2017;
Que esta acción se tomó como medio legítimo para salvaguardar los intereses de los
depositantes del Banco toda vez que de las investigaciones que se adelantan en Brasil
relacionadas con la “Operación Lavajato”, que a su vez involucra a una firma de abogados
panameña, se relaciona a FPB BANK, INC. como entidad bancaria utilizada para apertura de
cuentas bancarias a clientes en el extranjero, situación que representaba un riesgo legal y
reputacional, teniendo en cuenta que la mayor proporción de sus negocios y de los riesgos se
encuentran en Brasil;
Que el Artículo 133 de la Ley Bancaria señala que el período de administración interina no será
mayor de treinta (30) días, salvo que, por razones excepcionales y previa solicitud fundada del
Administrador, el Superintendente decida extenderlo, en cuyo caso la extensión no será mayor
de treinta días, período que vence el día domingo 12 de marzo de 2017;
Que el Administrador Interino, habiendo realizado algunos avances en temas de Seguridad
Informática, operaciones, carteras de activos y pasivos y en la Casa de Valores, solicita se
extienda la Toma de Control Administrativa y Operativa, a fin de concluir la revisión de los
portafolios crediticios de Inversiones de la entidad así como de sus depósitos y de negocio y
preparar las recomendaciones pertinentes;
Que evaluada la solicitud del Administrador Interino, el Superintendente de Bancos considera
atender ésta a objeto de dispensar más tiempo para concluir la valoración integral del Banco;
Que, de conformidad con el artículo 16, ordinal I, numeral 4 y el artículo 131 y subsiguientes de
la Ley Bancaria, corresponde al Superintendente de Bancos ordenar, entre otras, la toma de
control administrativo de los bancos y la extensión de su período.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: EXTENDER, por un período máximo de treinta (30) días
adicionales, a partir del vencimiento del término señalado en la Resolución SBP-0022-2017 de
10 de febrero de 2017, la medida de TOMA DE CONTROL ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO
de FPB BANK, INC. sociedad anónima organizada y constituida conforme a las Leyes de la
República de Panamá inscrita a folio 471857 (S), en la Sección de Mercantil del Registro
Público, titular de la Licencia General otorgada mediante Resolución S.B.P. No. 151-2011 de 27
de octubre de 2011.

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