Resolución N° 367-2020. Por la cual se delega en el jefe y sub-jefa de la oficina institucional de recursos humanos, la facultad de autorizar y firmar las actas de posesión de los funcionarios de la institución, así como los resueltos de vacaciones, licencias por gravidez, licencia por enfermedad, riegos profesionales y la aceptación renuncias; igualmente, el pago y demás documentos relacionados con el personal regular, eventual y de contingencia, así como la firma de sus respectivas planillas.

Fecha de publicación19 Mayo 2022
Fecha05 Agosto 2020
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
No. 29540 Gaceta Oficial Digital, jueves 19 de mayo de 2022 1
en uso de sus facultades legales y reglamentarias,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 117 de la Constitución Política de la República·
de
Panamá dispone que el Estado
establecerá una política nacional de vivienda destinada a proporcionar el goce de este derecho
social a toda la población, especialmente a los sectores de menor ingreso;
Que el artículo 8 de la Ley No.
61
de
23
de octubre de 2009,. establece que el Ministro de
Vivienda y Ordenamiento Territorial podrá delegar el ejercicio
d~
sus füncíones en los
Viceministros, en el Secretario General o en directores según el ramo, excepto en los. casos en
que esté.expresamente prohibido en la Constitución Política de la República y la Ley;
Que
en
cumplimiento de sus
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y
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atribuciones, .
el
Ministro de
Vivienda y
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el · pago y demás documentos
relacionados con el personal regular, eventual y de contingencia, así como la firma de sus
respectivas planillas.
Artículo 2. Delegar en el Jefe y Sub-Jefa de la Oficina Institucional de Recurso_s Humanos, la
facultad de autenticar todos los documentos y otorgar las certificaciones correspondientes a los
trámites que se adelantan en dicho Despacho. Así mismo;
el-
Subjefe de
la
Oficína Institucional
de Recursos Humanos podrá ejercer la facultad de firmar los siguientes documentos: cartas,
fichas, certificaciones de trabajo, autorizaciones de descuento, afiliaciones a la Caja
de
Seguro
Social, traslados y todas las acciones de recursos humanos.
Artículo 3. Advertir que las funciones delegadas no podrán a su vez delegarse y que
el
incumplimiento de esta Resolución conlleva la nulidad de lo actuado y que
la
frmción delegada
es intransferible a otro servidor público
y,
es
revocable en cualquier momento _
por
la autoridad
que la confirió. Los funcionarios autorizados mediante la presente Resolución, al
mom~nto
de
ejercer la facultad delegada, deberán indicar que actúan por delegación de funciones.·
No. 29540 Gaceta Oficial Digital, jueves 19 de mayo de 2022 2
funciones delegadas podrán ser ejercidas indistintamente por el
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i.
A. vertir que la presente Resolución deja sin efecto cualquier otra Resolticiones de
a,
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. . .
Delegación hecha a estos cargos.
Artículo 6.
La
presente Resolución rige a partir de su firma.
FUNDAMENTO
DE
DERECHO:
Constitución Política
del~
Republica. Ley No. 61.de 23 de
octubre de 2009, Ley
No
.
38
de
31
de julio de 2000.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

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