Resolución N° 401-2021. Por medio de la cual se aprueba modificar el segundo párrafo del artículo vigésimo quinto del reglamento general del patronato del hospital materno infantil josé domingo de obaldía, cuyo texto fue aprobado mediante resolución no. 624-2020 del 10 de diciembre de 2020, dentro de modificaciones realizadas a la resolución no. 33-19 del 24 de enero de 2019, publicadas en gaceta oficial 29256 y 28749-b, respectivamente donde dice: “el presidente tiene derecho a voz y tendrá derecho a voto cuando exista empate en alguna decisión del patronato”, queda así: el presidente tiene derecho a voz y voto en todas las decisiones del patronato.

Fecha de publicación04 Febrero 2022
Fecha16 Diciembre 2021
EmisorPATRONATO HOSPITAL MATERNO INFANTIL JOSÉ DOMINGO DE OBALDÍA / CHIRIQUÍ
No. 29470-A Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de febrero de 2022 1
República
de
Panamá,
Provincia
de
Chiriquí
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía
Resolución
No.
401-20Z1
(Por
medio
de
la
cual
se
aprueba
modificar
el
segundo
párrafo
del Articulo
Vigesimo
Quinto
del
Reglamento
General
del
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldia,
cuyo
leto
fue
aprDbado
mediante
Resolucion
No.
624-202D
del
10
de
diciembre
de
202D,
dentro
de
modilicaciones
realizadas
a
la
Resolución
No.
33-19
del
24
de
enero
de
2019,
publicadas
en
Gacela
OJicijI
29256
y
28749—
a.
respectivamente
DONDE
DICE:
‘El
Presidente
tiene
derecho
a
voz
y
tendra derecho
a
voto
cuando
exista
empate
en
alguna
decisión
del
Patronato’.
QUEDA
451:
El
Presidente
tiene
derecho
a
voz
y
voto
en
ledas
las
decisiones
del
Patronato)
El
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía, en
Pleno
Uso
de
Sus
Facultades
Legales
Considerando
Que
el
articulo
ide
la Ley
12
de
2001,
reorganiza
al
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
josé
Domingo
De
Obaldía,
como
una
entidad
jurídica,
de
interés
público
y
social,
sin
fines
de
lucro,
dotada
de
personería
jurídica,
patrimonio
propio
y
autonomía,
en
sus
regímenes
administrativo,
económico,
financiero
y
funcional.
Que
es
función
del
Patronato,
ofrecer
en
el
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía,
la
prestación
de servicios de
salud,
preventiva,
curativa
y
de
rehabilitación,
docencia
e
investigación,
propios
de
un
ho5pital
de
tercer
nivel,
para
la
población
de una
región,
en
términos
de
eficiencia,
eficacia,
funcionabilidad
y
equidad,
según
el
articulo
5
de
la
Ley
12
de
2001.
Que
dentro
de
los
Deberes
y
Atribuciones
del
Patronato,
descritos
en
el
articulo
17
de
la
ley
12
de
2001,
se
encuentra
el
“elaborar
y
aplicar
normas
de
concursos
de
mérito
para
la
selección
y
nombramiento
de
puestos
directivos
y
demás
personal
del
hospital,
y
conforme
al
análisis
y
descripción
de
los
cargos”.
Que
el
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía,
mediante
Resolución
No.
33-19,
del
24
de
enero
de
2019,
aprobó
su
Reglamento
General,
debidamente
publicado
en
Gaceta
Oficial
No.
28749—
6
y
a
través
de
Resolución
No.
624-
2020,
deI
10
de
diciembre
de
2020,
aprobó
algunas modificaciones,
específicamente
en
los
Artículos
Tercero,
Séptimo,
Octavo,
Décimo
Segundo,
Décimo
Tercero,
Décimo
Cuarto,
Décimo
Quinto,
Décimo Sexto,
Décimo
Séptimo,
Vigésimo, Vigésimo
Primero,
Vigésimo
Tercero,
Vigésimo
Cuarto,
Vigésimo
Quinto,
Vigésimo
Séptimo,
Vigésimo
Octavo,
Trigésimo
Primero,
Trigésimo
Tercero
y
Trigésimo
Cuarto,
publicada
en
Gaceta
Oficial
No.
29256.
Que en
sesión
ordinaria
del
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía
celebrada
el
16
de
diciembre
de
2021,
se
aprobó
modificar
el
segundo párrafo
del
Articulo Vigésimo
Quinto
del
Reglamento
General
del
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía, cuyo
texto
fue
aprobado mediante
Resolución
No.
624-
2020
del
10
de
diciembre
de
2020,
dentro
de
modificaciones
realizadas
a
la
Resolución
No.
33-19
del
24
de
enero
de
2019,
publicadas
en
Gaceta
Oficial
29256
y
28749
6,
respectivamente,
DONDE
DICE:
“El
Presidente
tiene
derecho
a
voz
y
tendrá
derecho
a
voto
cuando
exista
empate
en
alguna
decisión
del
Patronato”,
QUEDA
ASÍ:
El
Presidente
tiene
derecho
a
voz
y
voto
en
todas
las
decisiones
del
Patronato.
Resuelve
Primero:
Aprobar
se
modifique
el
segundo
párrafo
del
Articulo
Vigésimo
Quinto
del
Reglamento
General
del
Patronato
del
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo
De
Obaldía,
cuyo
texto
fue
aprobado
mediante
Resolución
No.
624-2020
del
10
de
diciembre
de 2020,
dentro
de
modificaciones
realizadas
a
la
Resolución
No.
33-19
del
24
de
enero
de
2019,
publicadas
en
Gaceta
Oficial
29256
y
28749
B,
respectivamente,
DONDE
DICE:
“El
Presidente
tiene
derecho
a
voz
y
tendrá
derecho
a
voto
cuando
exista
empate
en
alguna
deci5ión
del
Patronato”,
QUEDA
ASÍ:
El
Presidente tiene
derecho
avoz
y
voto
en
todas
las
decisiones
del
Patronato.
Hospital
Materno
Infantil
José
Domingo de
Obaidia
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