Resolución Nº 419 de Superintendencia de Bancos, 2008
Año | 2008 |
Fecha | 15 Diciembre 2008 |
Número de resolución | 419 |
Tipo de documento | Resolution |
Sección | Resoluciones SBP |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No.419-2008
(de 15 de diciembre de 2008)
El Superintendente de Bancos Interino,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que BANCO AGRÍCOLA (PANAMÁ), S.A. es una sociedad debidamente organizada
bajo las leyes de Panamá, inscrita a Ficha 410143 Documento 300982 de la Sección de
Micropelícula Mercantil del Registro Público de Panamá, con Licencia Bancaria
Internacional otorgada por la Superintendencia de Bancos mediante Resolución S.B. No.07
de 7 de febrero de 2002.
Que BANCO AGRÍCOLA (PANAMÁ), S.A. ha solicitado, por medio de apoderados
especiales, autorización para proceder con la liquidación voluntaria y cese de operaciones en
la República de Panamá;
Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 16, literal I, numeral 4, de la Ley Bancaria
corresponde al Superintendente autorizar la Liquidación Voluntaria de Bancos, y
Que efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de BANCO AGRÍCOLA
(PANAMÁ), S.A. no merece objeciones, toda vez que, a la fecha, el Banco cuenta con
suficientes activos para cancelar sus pasivos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMER O : Autorízase a BANCO AGRÍCOLA (PANAMÁ), S.A.
la Liquidación Voluntaria y cese de operaciones de la sucursal
que mantiene en la República de Panamá, conforme al Plan Liquidación presentado a esta
Superintendencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Téngase al señor Pablo Emilio Díaz, con Pasaporte de la
República de Colombia No. C.C.19.393.804 encargado de
la liquidación de las operaciones, activos y pasivos de la sucursal de en Panamá.
Dada en la ciudad de Panamá, a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil ocho
(2008).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Gustavo A. Villa Jr.
Superintendente de Bancos Interino
ssf
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