Resolución Nº 446 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 24-10-2011

Número de resolución446
Fecha24 Octubre 2011
EmisorSuperintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá)
REPUBLICA DE PANAMA
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
z.
J.
4.
o
5.
RESOLUCIONN.-Q15G-PANAMA-fl-DE e"\.h,? DE20'11.
El Superintendente de Seguros y Reaseguros,
en uso de sus facultades legales
tl
t.
CONSIDERANDO QUE:
Mediante Resoluci6n No 5717 de 11 de agosto de 2003, se otorg6 a favor de INDIRA
ISABEL GUERRA SANCHEZ, la Licencia de Corredor de Seguros, Persona Natural
No 5717, para ejercer la profesi6n en los ramos de Vida y Generales.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 33 de la Ley 59 de 29 de julio de
1996, los Corredores de Seguros Persona Natural pagar6n una tasa anual de
cincuenta Balboas (B/.50.00)
De conformidad con lo establecido en el Articulo 95 de la Ley 59 de 29 de julio de
1996, todos los corredores de Seguros deber6n constituir y mantener a favor del
Tesoro Nacional una Fianza de diez mil Balboas (B/.10,000.00), a efecto de responder
por el importe de las p6rdidas resultantes de actuaci6n negligente o dolosa con los
fondos que manejan, y para responder ante el Estado por las sanciones que se le
impongan de conformidad con esta Ley.
Mediante Resoluci6n No 0818 de 30 de diciembre de 2005, notificada el 3 de agosto
de 2011, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panam6' resolvi6
SUSPENDER la Licencia de Corredor de Seguros, Persona Natural No 5717, expedida
a favor de |NDIRA ISABEL GUERRA SANCHEZ, por el t6rmino de treinta (30) dias,
por haber infringido las disposiciones contenidas en los articulos 33 y 95 de la Ley 59
de 29 de julio de 1996.
Para la conducta reincidente del corredor, el articulo 99 de la Ley 59 de 29 de julio de
1996 contempla como sanci6n la cancelaci6n de la Licencia, en cuyo caso la persona
deber6 someterse nuevamente al cumplimiento de todos los requisitos que recoge el
articulo 91 de la mencionada Ley, si desea obtener la Licencia de corredor de
Seguros.
6. La sefrora INDIRA ISABEL GUERRA SANCHEZ, ha asumido un comportamiento
reincidente debido a que han pasado seis (6) anos y no procedi6 a consignar la Fianza
correspondiente, por tanto ha infringido el articulo 95 de la Ley 59 de 29 de julio de
1996, por ende, se procederd conforme el tenor del articulo 99 lex citae.
Por lo antes expuesto,
RESUELVE
ART|CULO pRIMERO: CANCELAR la Licencia de Corredor de Seguros, Persona
Naturat No 5717 expedida a favor de la sehora INDIRA ISABEL GUERRA SANCHEZ,
con c6rlula de identidad personal N" 4-262-415.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR