Resolución N° 454. Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la fundación para la vida tierra fértil.

Fecha de publicación26 Marzo 2024
Fecha06 Octubre 2023
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
No. 29997 Gaceta Oficial Digital, martes 26 de marzo de 2024 1
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•·
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
MINISTERIO
DE
DESARROLLO SOCIAL
Resolución No. 454
(De 6 de octubre de 2023)
La Ministra de Desarrollo Social
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que, mediante apoderado legal, la organización denominada FUNDACIÓN PARA LA VIDA
TIERRA FÉRTIL, debidamente inscrita
al
Folio No. 25054395, de la Sección Mercantil del
Registro Público
de
Panamá, cuyo presidente y representante legal es el señor EDGAR BAYARDO
MORENO MORALES, varón, colombiano, mayor de edad, con pasaporte No. AS524519, solicitó
al
Ministerio de Desarrollo Social, el reconocimiento como organización de carácter social sin fines
de lucro;
Que, para fundamentar su petición, la organización presentó la siguiente documentación requerida:
1.
Poder y memorial, dirigido a la Ministra
de
Desarrollo Social, solicitando el reconocimiento
como organización de carácter social sin fines de lucro. (:fjs.1-4)
2.
Copia autenticada del pasaporte de identificación personal del representante legal
de
la
organización.
(fj
.26)
3. Certificación del Registro Público de Panamá, donde consta la vigencia y representación legal
de
la organización. (fj.6)
4.
Copia autenticada de la Escritura Pública No. 5669 de 6 de septiembre de 2023, expedida por la
la Notaria Sexta del Circuito
de
Panamá, por la cual se protocolizan los documentos que otorgan
la personería jurídica a la Fundación Para la Vida Tierra Fé1til. (fjs.7-16)
5.
Pruebas documentales que demuestran,
de
manera fehaciente, que la asociación presta un
servicio social. (fjs.17-24);
Que corresponde efectuar el examen
de
todos los elementos
de
juicio, tendientes a la emisión de un
criterio, por lo que, al analizarse la documentación ap01iada, se pudo constatar que, entre los
principales fines y objetivos de la organización denominada FUNDACIÓN PARA
LA
VIDA
TIERRA FÉRTIL visibles
al
reverso
de
foja 1 O del expediente administrativo, están:
1.
Motivar, organizar y realizar regularmente entre niños, padres
de
familia, hombres y mujeres
cabezas de familia, actividades culturales, educativas, cívicas y depo1tivas de apoyo a su
formación integral en la comunidad.
2.
Consolidar las relaciones humanas entre niños y sus padres de familia del país promoviendo la
resocialización y adaptación del individuo a la comunidad y el mejoramiento de la calidad de
vida del ser humano a través de la formación, educación y capacitación en valores y principios
cristianos que le permitan el desarrollo integral como individuo y familia. Abarca también a la
población en situación
de
discapacidad y/o vulnerabilidad.
3.
Celebrar convenios con entidades públicas y/o privadas autorizadas que presten asesoría en áreas
de
psicología, sociología, antropología, teología, filosofía, trabajo social, educación, salud,
recreación y familia que permita la resocialización de la comunidad.
4.
Celebrar contratos con entidades públicas o privadas autorizadas que ofrezcan programas
de
educación básicas y capacitaciones técnicas y/o tecnológicas, entre las que se incluyen colegios,
escuelas, universidades, institutos y academias de enseñanzas, aprendizaje o capacitación y de
organizaciones como el Bienestar Fan1iliar, Bienestar Social y otras similares.
5.
Aplicar el Entrenamiento Neuro Trascendente (procesos de aprendizaje que permiten desarrollar
la inteligencia superior, la voluntad y el estado de conciencia superior) que se aprende a través
de cursos, talleres, seminarios y orientación personalizada, el cual será aplicado en cada uno de
los procesos y programas que se realizarán en Panamá.
6.
Diseñar y ejecutar modelos
de
desarrollo alternativo que conlleven a la satisfacción de las
necesidades humanas fundamentales.
Que, dentro de las pruebas aportadas por la organización denominada FUNDACIÓN PARA LA
VIDA TIERRA FÉRTIL, visibles
de
fojas
17
a la 24 del expediente administrativo, se evidencia

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