Resolución N° 46. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de elías nessin manopla cabrera.

Fecha de publicación27 Diciembre 2023
Fecha15 Marzo 2023
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29938-C Gaceta Oficial Digital, miércoles 27 de diciembre de 2023 1
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ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Resolución No.
L/-f.¡
PANAMÁ,
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-
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-
_ _ de
r::/0~3
EL PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que ELÍAS NESSIN MANOPLA CABRERA, nacional de COLOMBIA, mediante
apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Seguridad
Pública, que se le conceda
CARTA
.DE
NATURALEZA,
de conformidad
con
lo que
establece el ordinal 2o. del aiiículo 1 O de la Constitución Política y Decreto Ley 3 de 22 de
febrero de 2008.
Que con
la
solicitud se presentan
Jos
siguientes.documentos:
a) Certificación expedida por el Servicio Nacional de Migración, donde consta que el
peticionario obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 28, 189
del 06 de octubre de 2015.
b) Certificación expedida por la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que el
peticionario no registra antecedentes penales.
c) Copia autenticada del Carné de Residente Permanente No. E-8-134078, expedida
por
el
Director Regional de Cedulación de Panamá Centro, a nombre del peticionario.
d) Certificación de Matrimonio expedida por la Dirección Nacional del Registro Civil,
inscrito en el Acta 8-321-571 de los libros de Matrimonio en
la
Provincia de Panamá,
donde se comprueba el vínculo existente entre la Panameña María Victoria Guiraud Vieto
y el peticionario.
e)
Certificado de Nacimiento expedido
por
la
Dirección Nacional de Registro Civil, inscrito
en el Tomo 812, Partida 502, donde se comprueba la nacionalidad panameña de
la
conyugue del peticionario.
f) Certificado de Buena Salud, expedido
por
la
Dra.
Pamela
G. Pitty V.
g) Certificación de Paz y Salvo expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas, donde
consta que el peticionario cumple con sus obligaciones fiscales.
h) Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre del peticionario, donde se
acredita
la
nacionalidad.
i) Copia de la Resolución No. 189 del 24 de mayo de 2021, emitida
por
el Tribunal
Electoral.
j)

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