Resolución Nº 5 de Superintendencia de Bancos, 1999

Año1999
Fecha26 Agosto 1999
Número de resolución5
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones Generales SBP
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
RESOLUCIÓN GENERAL No. 5 –99
(De 26 de agosto de 1999)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General No. 2-99 de 11 de mayo de 1999 del Superintendente de
Bancos se ordenó que la presentación del Informe a que se refiere el Numeral 1 del Artículo 58 del
Decreto ley 9 de 1998 (Estado de Activo y Pasivo y de Resultados), se hará mensualmente, dentro
de los primeros diez (10) días de cada mes.
Que el Numeral 3 del Artículo 58 del Decreto Ley 9 de 1998 establece la obligación de los Bancos
de presentar informes periódicos a requerimiento de la Superintendencia de Bancos;
Que de conformidad con el citado Artículo 58, corresponde a la Superintendencia de Bancos
establecer el plazo y forma de presentación y/o remisión de tales informes; y
Que se ha puesto de manifiesto en sesiones de trabajo la necesidad y conveniencia de requerir
algunos informes que acompañan al Estado de Activo y Pasivo y al Estado de Resultados al final
de cada trimestre y de fijar plazos para el efecto,
RESUELVE:
ARTICULO 1: Todo Banco deberá presentar a la Superintendencia los siguientes informes, con la
periodicidad que se indica a continuación:
I. Mensualmente
1. Saldos en Bancos Corresponsales;
2. Liquidez;
3. Depósitos en Bancos Extranjeros;
4. Financiamiento recibido;
5. Valores;
6. Letras de cambio pagaderas en el extranjero;
7. Depósitos de Bancos Afiliados en el Extranjero;
8. Tasa de interés en préstamos locales según sector; y
9. Estructura de vencimiento de Activo y Pasivo.
a. El plazo para su presentación vence el día diez (10) del mes siguiente al mes reportado,
independientemente de que el(los) últimos(s) día(s) del plazo coincida(n) con días de
fiesta nacional o de duelo nacional, o feriado o sábado o domingo;
b. El Banco deberá tomar las previsiones del caso cuando conozca anticipadamente que
el día diez (10) coincidirá con un día en que la Superintendencia no laborará.
I. Trimestralmente
1. Detalle del Balance de Situación (Estado de Activo y Pasivo);
2. Relaciones de financiamiento y depósitos;
3. Créditos y depósitos locales desglosados por Provincia, y según actividad y tipo de
depósito;
4. Movimiento de préstamos;
5. Depósitos de Ahorro de Particulares;
6. Crédito interno autorizado no utilizado;
7. Distribución de empleo y salario;
8. Créditos y depósitos en bancos con Licencia General y Bancos Oficiales;
9. Préstamos nuevos concedidos durante el trimestre;
10. Préstamos para construcción y para vivienda;
11. Tasa de interés sobre Depósitos a Plazo Fijo Locales.

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