Resolución N° 52,196-2017-J.D.. Por la cual se reconoce, la jornada completa de trabajo para el profesional y técnico de farmacia, que laboran en las farmacias de los hospitales de ii y iii nivel de atención de la caja de seguro social, la cual será de seis (6) horas diarias, sin que esto menoscabe su derecho a recibir la compensación económica correspondiente a ocho (8) horas laborables y sin que ello genere mayor erogación financiera en la institución.

Fecha de publicación20 Agosto 2019
Fecha31 Octubre 2017
EmisorCAJA DE SEGURO SOCIAL
No. 28842-A Gaceta Oficial Digital, martes 20 de agosto de 2019 1

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