Resolución N° 541. Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la organización denominada fundación abrazando la inclusión.

Fecha de publicación19 Enero 2024
Fecha29 Noviembre 2023
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
No. 29953-A Gaceta Oficial Digital, viernes 19 de enero de 2024 1
~
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO
NACIONAL
-
MINISTERIO
DE
DESARROLLO SOCIAL
Resolución No. 541
(De 29 de noviembre de 2023)
"Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la
organización denominada FUNDACIÓN ABRAZANDO LA INCLUSIÓN"
La Ministra de Desarrollo Social
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que, mediante apoderado legal, la organización denominada FUNDACIÓN ABRAZANDO
LA
INCLUSIÓN, debidamente inscrita
al
Folio No. 25054623, de la Sección Mercantil del Registro
Público de Panamá, con domicilio en la calle 41, edificio PH Ipasa, piso
1,
oficina 1
A,
corregimiento
de Bella Vista, distrito y provincia
de
Panamá, cuyo representante legal es
el
señor DOMINGO
JAVIER BRITO ORTEGA, varón, español, mayor
de
edad, con carné de residente permanente No.
E-8-141675, solicitó
al
Ministerio de Desarrollo Social, el reconocimiento como organización de
carácter social sin fines de lucro;
Que, para fundamentar su petición, la organización presentó la siguiente documentación:
1.
Poder y memorial, dirigido a la Ministra de Desarrollo Social, solicitando
el
reconocimiento
como organización de carácter social sin fines
de
lucro. (fjs.2-4)
2.
Copia del carné de residente permanente del señor Domingo Javier Brito Ortega, representante
legal de la organización, debidamente autenticado por la Dirección Regional de Cedulación de
Panamá Centro, del Tribunal Electoral. (fj.5)
3.
Copia autenticada de la Escritura Pública No. 21,642 de 4 de octubre de 2023, expedida por la
Notaría Segunda del Circuito de Panamá, por la cual se protocolizan los documentos de la
personería jurídica de
la
organización denominada FUNDACIÓN ABRAZANDO LA
INCLUSIÓN. (fjs.6-24)
4.
Certificación expedida por el Registro Público
de
Panamá, donde consta la vigencia y
representación legal de la organización. (fj.26)
5.
Certificación expedida por la Secretaría General del Ministerio de Gobierno
de
la República de
Panamá, donde consta que la FUNDACIÓN ABRAZANDO LA INCLUSIÓN, cuenta con
personería
jurídica
reconocida
mediante
Resuelto
No.
443-PJ-443
de
28
de
septiembre
de
2023.
(fjs.27)
6.
Pruebas documentales que demuestran,
de
manera fehaciente, que la organización denominada
FUNDACIÓN ABRAZANDO LA INCLUSIÓN, presta un servicio social.
(:fjs.28,
30-36);
Que corresponde efectuar el examen
de
todos los elementos
de
juicio, tendientes a la emisión de un
criterio, por
lo
que, al analizarse la documentación aportada,
se
pudo constatar que, entre los
principales fines y objetivos de la organización denominada FUNDACIÓN ABRAZANDO
LA
INCLUSIÓN, visible a foja
10
del expediente administrativo, se encuentran:
1.
La elaboración de proyectos y programas
de
asistencia social, enmarcados en propósitos de velar
por
el
mejoramiento de las condiciones sociales, educativas, de salud, de los niños con problemas
y diagnósticos de mantener enfermedades neurodivergentes, ayudándoles con tratamientos
ocupacionales, fonoaudiólogos, conductuales sensoriales, a fin
de
ayudarles a alcanzar su
máximo potencial y vivir una vida plena y significativa.
2.
Concientizar a la población, a fin
de
integrar a la sociedad a todos y cada uno de los niños que
mantiene una condición especial, en condición de marginalidad, con la finalidad de lograr la
integración individual y familiar, a través de la educación continua.
3.
Construir un entorno inclusivo y comprensivo que valore y celebre la diversidad en todas sus
formas. La integración
de
las familias, educadores, la comunidad en general para fomentar la
conciencia, la aceptación y el respeto hacia las capacidades y fortalezas de cada niño.
4.
Promover la educación y la sensibilización en la sociedad, con
el
objetivo de superar barreras,
construir una sociedad inclusiva donde todos los niños sean valorados con igualdad de
oportunidades.
5.
Bridar asistencia y ayuda social, emocional y terapéutica.

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